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Ley núm. 017-2025

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Ley núm. 17-25 que declara al profesor Juan Emilio Bosch Gaviño y al doctor José Francisco Peña Gómez, como “Padres de la Democracia Dominicana”. G. O. No. 11186 del 25 de enero de 2025. G. O. No. 11186 del 25 de enero de 2025.

EL CONGRESO NACIONAL

En Nombre de la República

Ley núm.17-25

Considerando primero: Que la República Dominicana es un Estado social y democrático de derecho, organizado en forma de República unitaria, fundado en el respeto de la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes públicos.

Considerando segundo: Que es función esencial del Estado la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas.

Considerando tercero: Que el profesor Juan Emilio Bosch Gaviño y el doctor José Francisco Antonio Peña Gómez, en el contexto nacional e internacional, son considerados líderes políticos que contribuyeron al desarrollo de la democracia en la República Dominicana.

Considerando cuarto: Que el profesor Juan Emilio Bosch Gaviño nació en La Vega el 30 de junio de 1909, hijo del español José Bosch y la puertorriqueña Ángela Gaviño. Sus padres se habían establecido en el país a finales del siglo XIX. Juan Bosch vivió sus primeros años de infancia en La Vega, luego se trasladó a la ciudad de Santo Domingo.

Considerando quinto: Que el profesor Bosch fue escritor, pensador social y luchador por la liberación de su pueblo. En su juventud vivió en Santo Domingo y trabajó en establecimientos comerciales. Luego viajó a España, Venezuela y algunas de las islas del Caribe. A su retorno a la República Dominicana, al inicio de los años treinta, publicó su primer libro de cuentos llamado “Camino Real”, el ensayo “Indios” y la novela “La Mañosa”, aclamada por la crítica nacional. Dirigió desde sus inicios la página literaria del periódico Listín Diario, en el cual se perfiló como crítico de arte y ensayista.

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Considerando sexto: Que el profesor Juan Emilio Bosch Gaviño, en los primeros años de la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo Molina, fue encarcelado por razones políticas, siendo liberado luego de varios meses. En 1938, sabiendo que el tirano planeaba designarlo diputado, logra salir al exilio y se establece en Puerto Rico. En 1939 se trasladó a Cuba, donde dirigió la edición de las obras completas de Eugenio María de Hostos para la conmemoración de su centenario. Bosch trabajó con los escritos originales de Hostos, definiendo con esto su vocación de patriota, latinoamericanista y humanista.

Considerando séptimo: Que en 1939 Juan Emilio Bosch Gaviño, junto a otros exiliados políticos, fundó el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), el cual organizó y dio a conocer en otros países del Caribe y América Latina. Entre 1940 y 1945 se destacó como uno de los más notables escritores de cuentos de la región y laboró activamente en la formación de un frente antitrujillista encabezado por el PRD. En la misma época, se desarrolló como un agudo analista político internacional y fue parte en diversas luchas liberadoras del país. Colaboró con el Partido Revolucionario Cubano y desempeñó un destacado papel en la redacción de la Constitución de la República de Cuba, promulgada en 1940.

Considerando octavo: Que Juan Emilio Bosch Gaviño ganó importantes premios literarios a nivel internacional, entre los cuales se distingue el premio Hernández Catá, que se otorgaba en La Habana, Cuba, a los cuentos escritos por autores de América Latina.

Considerando noveno: Que Bosch se trasladó a Venezuela y a otros países de América Latina, donde desarrolló una activa campaña antitrujillista. Fue uno de los principales organizadores de la expedición armada que se gestó en Cayo Confites, centroamericanos con intención de derrocar la dictadura de Trujillo, en la cual participaron cientos de ciudadanos cubanos y centroamericano con intención de derrocar la dictadura de Trujillo.

Considerando décimo: Que Bosch consolidó su carrera de escritor, cuentista y ensayista de primera categoría, a la par de consolidar fuertes vínculos con los sectores progresistas en cada uno de los lugares donde se hacía presente. Escribió cuentos de profundo contenido social, entre los que pueden citarse La Nochebuena de Encarnación Mendoza, Luis Pié, Los amos y el indio Manuel Sicuri.

Considerando décimo primero: Que el profesor Bosch estaba en Cuba cuando se produjo el triunfo encabezado por Fidel Castro, en 1959, que motorizó un reordenamiento político, económico y social en los países del Caribe. Bosch, con instinto certero, percibió el proceso histórico que se había iniciado, y el 27 de febrero de 1961 dirigió a Trujillo una carta, en la que le advertía que su papel político, en términos históricos, había concluido en la República Dominicana, y que de no dar por terminada su tiranía, el próximo aniversario de la República sería caótico y sangriento; y de ser así, el caos y la sangre llegarían más allá del umbral de su propia casa.

Considerando décimo segundo: Que Bosch regresó al país luego de ser ajusticiado Trujillo el 30 de mayo de 1961, después de veintitrés años de exilio. Su presencia en la vida política nacional, como candidato a la presidencia de la República, revolucionó sustancialmente la forma de vinculación entre los líderes políticos y el pueblo, así como el estilo de realizar

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campañas electorales en el país. Su forma directa y sencilla de dirigirse a la población, tanto rural como urbana, especialmente a través del programa radial Tribuna Democrática, le permitió desarrollar una profunda influencia y simpatía populares que lo perfilaron como incuestionable ganador de las elecciones de diciembre de 1962.

Considerando décimo tercero: Que, celebrado el torneo electoral el profesor Bosch obtuvo un triunfo arrollador sobre sus contendores, alcanzando casi el sesenta por cientos de los votos. Combatido desde antes por los sectores más conservadores de la sociedad, tomó posesión como presidente de la República el 27 de febrero del 1963. Había conquistado la voluntad de la mayoritaria con un mensaje dirigido a las masas marginadas del pueblo dominicano.

Considerando décimo cuarto: Que Bosch dio inicio a una gestión gubernativa patriótica, reformadora, de incuestionable honestidad administrativa y de profundas transformaciones. Posteriormente, su gobierno fue derrocado por un golpe de Estado, ensayado al menos en cinco ocasiones, y estimulado y apoyado desde el exterior. A menos de dos años después, la insatisfacción generó el levantamiento militar del 24 de abril de 1965, que tenía como objetivo el restablecimiento del gobierno constitucional que Bosch había presidido, y la vigencia de la Constitución que su gobierno había promulgado el 29 de abril de 1963, una de las más progresistas que ha tenido la República Dominicana.

Considerando décimo quinto: Que el profesor Bosch impedido de regresar al poder por la intervención militar de los Estados Unidos, retorna al país el 25 de septiembre de 1965 y participa en las elecciones realizadas el 30 de mayo de 1966, bajo la dirección y el control de las fuerzas interventoras. A finales de ese año, se marchó al exterior radicándose en España, donde realizó una extraordinaria labor intelectual y de organización política produciendo algunas de sus obras más importantes, entre las cuales están: Composición social dominicana, Dictadura con respaldo popular, Breve historia de la oligarquía, De Cristóbal Colón a Fidel Castro; y numerosos artículos de diferentes géneros publicados en revistas, periódicos y otras publicaciones del país y del exterior.

Considerando décimo sexto: Que el profesor Bosch regresó a la República Dominicana en abril de 1970 con la intención de reorganizar y modernizar al PRD. El 15 de diciembre de 1973 funda junto a otros dirigentes el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), una organización revolucionaria y popular llamada a culminar la obra inconclusa de los padres de la patria. La idea esencial de este partido es la creación de una vanguardia con autoridad moral y política en el seno del pueblo trabajador, capaz de convocar y liderar a las grandes masas. Bosch lo define como “un partido nuevo en América”.

Considerando décimo séptimo: Que el profesor Bosch, a partir de los setenta, dedicó todo su trabajo intelectual y organizativo a la lucha “por la liberación del pueblo dominicano”. Prosigue, a su vez, con un ingente activismo en la arena internacional a favor de la defensa de los derechos humanos, el derrocamiento de las dictaduras en América Latina, el cese de las intervenciones imperialistas, la integración del continente y la derogación de la deuda externa, entre otras causas. En este campo de acción se vincula con grandes figuras de la política, las artes y el pensamiento de los pueblos del Tercer Mundo y de países amigos de sus aspiraciones.

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Considerando décimo octavo: Que al profesor Juan Emilio Bosch Gaviño su conducta patriótica, cívica, honesta, valiente y militante, como gobernante y líder, lo convierten en un símbolo de la dignidad nacional. Falleció el 1 de noviembre de 2001, en Santo Domingo. Sus restos están sepultados en el Cementerio Ornamental de La Vega, su ciudad natal. Fue un orgullo para el pueblo y un ejemplo a seguir para las generaciones presentes y futuras de la República Dominicana.

Considerando décimo noveno: Que el doctor José Francisco Antonio Peña Gómez nació el 6 de marzo de 1937 en la Loma del Flaco, provincia Valverde. Sus padres bilógicos fueron Oguís Vincent y María Marcelino, los cuales se vieron obligados a huir a la República de Haití como consecuencia de la masacre llevada a cabo contra los haitianos en 1937 por el dictador Rafael Leónidas Trujillo, siendo adoptado posteriormente por los señores doña Fermina Gómez y don Regino Peña.

Considerando vigésimo: Que José Francisco Antonio Peña Gómez, en busca de mejores oportunidades educativas, se trasladó a la ciudad de Santo Domingo, y en 1952, a la edad de quince años, fue instructor en el programa de alfabetización para los niños pobres de su provincia natal y profesor en las escuelas rurales. En 1959 realizó estudios de locución en la Academia para Locutores “Héctor J. Díaz”, de La Voz Dominicana, y al demostrar un talento tan natural una estación de radio lo contrató para anunciar los juegos deportivos de béisbol y otros eventos deportivos. En 1961 realiza un curso de Ciencias Políticas en San José, Costa Rica; participando en ese mismo año en un curso de Educación Política en San Juan, Puerto Rico.

Considerando vigésimo primero: Que el doctor Peña Gómez en 1962 continúa su capacitación en Ciencias Políticas, esta vez en Harvard University y Michigan State University en los Estados Unidos de América. En 1970 obtiene el título de Doctor en Ciencias Jurídicas de la Universidad Autónoma de Santo Domingo. En ese mismo año inicia el doctorado en Derecho Constitucional y Ciencias Políticas en la Universidad de París, Francia.

Considerando vigésimo segundo: Que el doctor José Francisco Antonio Peña Gómez, el 5 de julio de 1961 ingresó al Partido Revolucionario Dominicano (PRD) para luchar contra los remanentes de la tiranía trujillista. Fue un firme dirigente político al estallar la Revolución Civil de 1965, llamando al pueblo a movilizarse en defensa de la constitucionalidad perdida en 1963. En el primer comité ejecutivo del PRD, fue nombrado secretario de prensa y propaganda, ocupando ese cargo en los años 1963, 1964 y 1966. La Secretaría General de esa organización política la ocupó en los años 1963, 1964, 1966, 1973 y del 1974 al 1986; a partir de este último año pasó a ocupar la presidencia del Partido Revolucionario Dominicano (PRD).

Considerando vigésimo tercero: Que el doctor José Francisco Antonio Peña Gómez ascendió políticamente de manera vertiginosa, compartiendo el liderazgo del Partido Revolucionario Dominicano con el profesor Juan Bosch. Luego del golpe de Estado que derrocó a Bosch en 1963, se convirtió en el líder principal del PRD, lo que se consolidó con el alzamiento constitucionalista de abril de 1965.

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Considerando vigésimo cuarto: Que José Francisco Antonio Peña Gómez desempeñó un papel destacado en la lucha contra aquellos que, desde dentro y fuera del país, se empeñaban por mantener en el poder un gobierno inconstitucional. Alcanzó notoriedad política cuando, desde una emisora radial, formuló un vibrante llamado a la insurrección popular contra la dictadura militar y a favor del retorno de Bosch junto a militares leales al presidente electo y con la ayuda de opositores al triunvirato integrado por Emilio de los Santos, Manuel Enrique Tavares y Ramón Tapia Espinal, designados por los militares y sin ninguna legitimidad constitucional.

Considerando vigésimo quinto: Que bajo la dirección del doctor Peña Gómez, el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) ganó en dos ocasiones seguidas las elecciones gubernamentales del país, en 1978 y en 1982. Para este último período, 1982-1986, el líder perredeista resultó electo síndico del Distrito Nacional.

Considerando vigésimo sexto: Que José Francisco Antonio Peña Gómez, a finales de la década de los ochenta dedicó gran parte de su esfuerzo como líder del PRD a apoyar a los trabajadores en sus luchas laborales y promover entendimientos con sus empleadores del sector privado. En algunos casos se trataba de empresas extranjeras, tales como Falconbridge Nickel (Canadá), Gulf and Western (EE.UU.) y Metaldom (España).

Considerando vigésimo séptimo: Que el doctor José Francisco Antonio Peña Gómez se postuló a la presidencia en las elecciones de 1990, y quedó en tercer lugar debido al fraccionamiento del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), con el surgimiento del Partido Revolucionario Independiente (PRI).

Considerando vigésimo octavo: Que Peña Gómez también participó como candidato a la presidencia en el año 1994, elecciones que dijo haber ganado, sin embargo, las fuerzas conservadoras de Balaguer lo despojaron de la victoria. En 1996, Peña Gómez ganó la primera vuelta electoral, pero no logró la mayoría requerida en la segunda vuelta.

Considerando vigésimo noveno: Que Peña Gómez presidió por casi veinte años la Internacional Socialista, se dedicó a impulsar el comité de la misma para América Latina y el Caribe, y constituyó una voz regional vigorosa en el seno de la organización. Para muchos integrantes, él representaba la elocuencia y la pasión latinoamericana de la referida organización.

Considerando trigésimo: Que el doctor José Francisco Antonio Peña Gómez falleció el 10 de mayo de 1998, en Cambita Garabito, San Cristóbal. El presidente de la Internacional Socialista, Pierre Mauroy, en una carta dirigida a su viuda Peggy Cabral, señaló que Peña Gómez había sido uno de los más fervientes defensores de nuestros ideales en la República Dominicana y en el mundo; y uno de nuestros grandes líderes.

Considerando trigésimo primero: Que el secretario general de la Internacional Socialista, Luis Ayala, dijo que “en medio del sufrimiento por la pérdida de nuestro hermano José Francisco Antonio Peña Gómez, un gigante en batallas por la democracia y por los valores que compartimos nosotros, sus amigos y todos los socialdemócratas, sabremos cómo seguir su decidido ejemplo en la defensa de los principios socialdemócratas”.

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Considerando trigésimo segundo: Que el profesor Juan Emilio Bosch Gaviño y el doctor José Francisco Antonio Peña Gómez dedicaron sus vidas a la lucha por el desarrollo de la democracia económica y política de la República Dominicana, por lo que es deber del Estado concederles honores declarándolos “padres de la democracia dominicana”.

Vista: La Constitución de la República.

Vista: La Ley No.41-00, del 28 de junio de 2000, que crea la Secretaría de Estado de Cultura, modificada por la Ley No.10-21, del 11 de febrero de 2021.

Vista: La Ley No.123-03, del 23 de julio de 2003, que designa con el nombre de “Parque Mirador Sur Presidente Joaquín Balaguer”, al Parque Mirador Sur, ubicado en el Distrito Nacional.

Visto: El Decreto No.36-97, del 25 de enero de 1997, que crea e integra la Comisión Permanente de Efemérides Patrias.

HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

Artículo 1.- Objeto. La presente ley tiene por objeto declarar a Juan Emilio Bosch Gaviño y a José Francisco Antonio Peña Gómez “Padres de la Democracia Dominicana”.

Artículo 2.- Ámbito de aplicación. Esta ley es de aplicación general en todo el territorio nacional.

Artículo 3.- Declaratoria. Se declara al profesor Juan Emilio Bosch Gaviño y al doctor José Francisco Antonio Peña Gómez “Padres de la Democracia Dominicana”.

Artículo 4.- Ejecución. El Ministerio de Cultura, en coordinación con la Comisión Nacional de Efemérides Patrias, serán responsables de la ejecución de esta ley, organizando y realizando actos en honor al día de la democracia y a los padres de la democracia dominicana.

Artículo 5.- Fondos. Los fondos económicos para la ejecución de esta ley provendrán de los asignados al Ministerio de Cultura en la ley de presupuesto general del Estado.

Artículo 6.- Entrada en vigencia. Esta ley entrará en vigencia a partir de su promulgación y publicación, según lo establecido en la Constitución de la República y transcurridos los plazos fijados en el Código Civil de la República Dominicana.

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Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024); años 181 de la Independencia y 161 de la Restauración.

Alfredo Pacheco Osoria Presidente

Nelsa Shoraya Suárez Ariza

Francisco Antonio Solimán Rijo Secretaria

Secretario Ad Hoc

Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025); años 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.

Ricardo De Los Santos Presidente

Lía Ynocencia Díaz Santana Aracelis Villanueva Figueroa Secretaria Secretaria

LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República.

PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.

DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025); años 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Texto extraído automáticamente desde PDF oficial; verificar contra el PDF.