Ley núm. 010-2025¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: ley
- Número: 10
- Año: 2025
- Fecha: 15/01/2025
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3402975&managementType=1
- PDF original: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3402975&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
8b19c74c723c4f0e613c693abd07940e95fd8aed4c6325539fbf42c3923b11e9 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Ley núm. 10-25 que designa con el nombre de Bulevar Anthony Ríos, el tramo de la Carretera Mella que va desde la entrada de Los Hatillos, distrito municipal Guayabo Dulce, hasta la calle San Antonio, del municipio Hato Mayor, provincia Hato Mayor. G. O. No. 11185 del 20 de enero de 2025.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley núm. 10-25
Considerando primero: Que Froilán Antonio Rodríguez Jiménez, nació el 17 de julio de 1950, en el paraje Las Cañitas, Sabana de la Mar y falleció el 4 de marzo de 2019; se inició en la música tocando la guitarra y cantando en Hato Mayor, donde laboró como lustrabotas, trabajo que realizaba cantando y en las fiestas navideñas cantaba villancicos de casa en casa, las canciones trovadorescas y de la bohemia pueblerina, siendo muy joven en Hato Mayor el mismo trabajo como locutor en Radio Maguá; fue en esas faenas donde le conoció Joaquín Maxwell, quien le invitó a viajar a la ciudad capital para conocer a Johnny Ventura;
Considerando segundo: Que al retirarse Fausto Rey del Combo Show de Ventura, el apodado Kinder y a quien más tarde se conocería como Anthony Ríos, comenzó a ser conocido por el público dominicano, eran los primeros años de la década del setenta, su primer disco grabado junto a la prestigiosa agrupación llevó el título de ʺEl sentimentalʺ y le convirtió de inmediato en uno de los cantantes más populares del país;
Considerando tercero: Que la firma disquera KUBANEY, lo contrató como artista exclusivo por unos 10 años, tiempo durante el cual el artista grabó diez discos de larga duración en diferentes ciudades de América; a finales de 1997, Anthony Ríos se retiró del Combo Show para formar junto a Luisito Martí, la orquesta “El Sonido Original” con la que grabó dos LP;
Considerando cuarto: Anthony Ríos se independizó en su proyecto musical, se convirtió en solista y popularizó temas como "Señora tristeza", "Estoy a tu orden", "la z", "Estás donde no estás", "Jaula de oro", entre otras. Todas de su autoría;
Considerando quinto: Que como compositor, Anthony Ríos se destacó por ser autor de casi todos los temas que ha cantado, muchos de los cuales han dado la vuelta al mundo en su propia voz y en la de otros artistas de renombre tales como: Sophy, Lissette Álvarez, Yolandita Monge, Fernando Allende, Alex Matos y Pastor López entre otros;
Considerando sexto: Que para 1991 produce su álbum número diecinueve titulado "Boleros como ayer", con éste pasa a formar parte del sello disquero Juan y Nelson Records. En 1996 graba otra vez con Kubaney su disco veinte, con el nombre "En bachatas";
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Considerando séptimo: Que Anthony Ríos hizo casi de todo en el arte, siendo éste cantante de balada romántica y merengue, también fue compositor, humorista y locutor; una de sus facetas fue su breve paso por el cine, debutó en el cine con su participación en la película Nueba Yol III. Actuó en la película “Vamos de robo” de Roberto Ángel Salcedo, donde compartió créditos con Fausto Mata;
Considerando octavo: Que es clamor popular de la ciudadanía dominicana reconocer la gran trayectoria de Anthony Ríos en la República Dominicana.
Vista: La Constitución de la República Dominicana.
Vista: La Ley núm.2439, del 8 de julio del año 1950, sobre la asignación de nombres a las divisiones políticas, edificios, vías de comunicación, obras y servicios públicos, modificada por la ley núm. 49 de fecha 9 de noviembre de 1966.
Vista: La Ley núm.41-00, del 28 de junio de 2000, que crea la Secretaría de Estado de Cultura.
Vista: La Ley núm.176-07, del 17 de julio de 2007, del Distrito Nacional y los Municipios.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Artículo 1.- Objeto de la ley. Esta ley tiene por objeto designar con el nombre de Bulevar Anthony Ríos, el tramo de la Carretera Mella que va desde la entrada de Los Hatillos, distrito municipal Guayabo Dulce, hasta la calle San Antonio del municipio Hato Mayor, provincia Hato Mayor.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación. Esta ley es de aplicación en la provincia Hato Mayor y con efectos en todo el territorio nacional.
Artículo 3.- Designación. Se designa con el nombre de Bulevar Anthony Ríos, el tramo de la Carretera Mella que va desde la entrada de Los Hatillos, distrito municipal Guayabo Dulce, hasta la calle San Antonio del municipio Hato Mayor, provincia Hato Mayor.
Artículo 4.- Señalización. El Ayuntamiento del municipio Hato Mayor procederá a la señalización de la calle Bulevar Anthony Ríos, según lo dispuesto en esta ley.
Artículo 5.- Colocación de tarjas. Se dispone que el Ministerio de Cultura coloque una tarja con los datos biográficos más emblemáticos del señor Anthony Ríos, en la entrada de Hato Mayor, con su nombre.
Artículo 6.- Órganos de ejecución. El Ayuntamiento del municipio Hato Mayor y el Ministerio de Cultura son los encargados de la ejecución de esta ley.
Artículo 7.-Presupuesto. Los fondos para la ejecución de esta ley serán consignados en el presupuesto correspondiente al Ayuntamiento del municipio Hato Mayor, a partir de las erogaciones presupuestarias asignadas en la Ley de Presupuesto General del Estado.
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Artículo 8.- Plazo de ejecución. Dentro de los seis meses a partir de la entrada en vigencia de esta ley, los órganos de ejecución procederán a la señalización de la carretera y a la colocación de la tarja correspondiente.
Artículo 9.- Entrada en vigencia. Esta ley entra en vigencia a partir de la fecha de su promulgación y publicación, según lo establecido en la Constitución de la República y transcurridos los plazos fijados en el Código Civil de la República Dominicana.
Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro (2024); años 181 de la Independencia y 161 de la Restauración.
Ricardo De Los Santos Presidente
Melania Salvador Jiménez Milcíades Franjul Pimentel Secretaria Secretario
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025); años 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
Alfredo Pacheco Osoria Presidente
Eduviges María Bautista Gomera Julio Emil Durán Rodríguez Secretaria
Secretario
LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025); años 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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