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Ley núm. 026-2024

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Ley núm. 26-24 que modifica la Ley núm. 80-23, del 20 de diciembre de 2023, que aprueba el Presupuesto General del Estado para el ejercicio presupuestario del año 2024. G. O. No. 11157 del 30 de julio de 2024.

EL CONGRESO NACIONAL

En Nombre de la República

Ley núm. 26-24

Considerando primero: Que es facultad y deber constitucional del presidente de la República, en su calidad de jefe del Gobierno, velar por la buena recaudación y fiel inversión de las rentas nacionales;

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Considerando segundo: Que el mayor dinamismo de los ingresos recaudados en el primer semestre del año con relación al Presupuesto General del Estado ha sido el resultado del crecimiento de la economía alrededor de su nivel potencial; a variables o impulsores externos como la llegada de pasajeros, mayor inversión extranjera, alza en las remesas, entre otros, así como a las medidas administrativas implementadas por la autoridad tributaria para el cumplimiento de los deberes formales y sustantivos de los contribuyentes;

Considerando tercero: Que el Gobierno dominicano está recibiendo ingresos no contemplados en la Ley núm.80-23, del 20 de diciembre de 2023, que aprueba el Presupuesto General del Estado para el año 2024; entre los que se destacan aumentos en las recaudaciones de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), la Dirección General de Aduanas (DGA), y aumentos de recaudación por la Tesorería Nacional provenientes de las transferencias de otras instituciones públicas, tales como la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), la Empresa Generadora Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID), la Superintendencia de Bancos y el Instituto Dominicano de Aviación Civil;

Considerando cuarto: Que el Gobierno dominicano continuará su Plan Integral de Transformación y Profesionalización de la Policía Nacional, desarrollando las capacidades e incrementando sus recursos para fortalecer el fiel cumplimiento de sus funciones;

Considerando quinto: Que el Estado igualmente tiene la responsabilidad de garantizar a las personas el acceso a bienes y servicios públicos, mediante la promoción de planes y programas de interés social, dando prioridad a los derechos económicos y sociales de la población de menores ingresos, así como la asistencia a los grupos y sectores vulnerables;

Considerando sexto: Que, conforme al mandato constitucional de la República, una vez aprobada la Ley de Presupuesto General del Estado, no podrán trasladarse recursos presupuestarios de una institución a otra, sino en virtud de una ley que autorice la modificación;

Considerando séptimo: Que el artículo 48 de la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público núm.423-06, dispone que, para el Poder Ejecutivo introducir modificaciones en la Ley de Presupuesto General del Estado que sean competencia del Congreso Nacional, deberá introducir un proyecto de ley.

Vista: La Constitución de la República Dominicana.

Vista: La Ley núm.6-06, del 20 de enero de 2006, de Crédito Público. Gaceta Oficial No.10352.

Vista: La Ley Orgánica núm.423-06, del 17 de noviembre de 2006, de Presupuesto para el Sector Público. Gaceta Oficial núm.10392.

Vista: La Ley núm.80-23, del 20 de diciembre de 2023, que aprueba el Presupuesto General del Estado para el año 2024. Gaceta Oficial núm.11136.

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Vista: Ley núm.7-24, del 16 de enero de 2024, que autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a efectuar la emisión y colocación de valores de deuda pública por hasta un monto máximo de trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta millones doscientos doce mil ciento dieciocho pesos dominicanos con 00/100 (RD$344,980,212,118.00) o su equivalente en moneda extranjera. Gaceta Oficial núm.11139, del 17 de enero de 2024.

HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

Artículo 1.- Estimación de ingresos. Se aprueba una nueva estimación de los ingresos del Gobierno Central para el ejercicio presupuestario del año 2024, por un monto de un millón de millones doscientos veintidós mil setecientos treinta y cuatro millones cuatrocientos seis mil ochocientos cincuenta y nueve pesos dominicanos (RD$1,222,734,406,859).

Artículo 2.- Total de erogaciones. Se aprueba al Gobierno Central un nuevo total de erogaciones para el ejercicio presupuestario del año 2024, por un monto de un millón de millones quinientos sesenta y siete mil setecientos catorce millones seiscientos dieciocho mil novecientos setenta y siete pesos dominicanos (RD$1,567,714,618,977), de acuerdo con el siguiente detalle:

(EN RD$)

GASTOS 1,454,046,519,373373 APLICACIONES FINANCIERAS 113,668,099,604 TOTAL DE EROGACIONES (1+2) 1,567,714,618,977977

Artículo 3.- Resultado financiero del Gobierno Central. Se aprueba para el ejercicio presupuestario del año 2024, como resultado de lo establecido en los artículos 1 y 2 de la presente ley, un déficit financiero de doscientos treinta y un mil trescientos doce millones ciento doce mil quinientos catorce pesos dominicanos (RD$231,312,112,514), de acuerdo con el desglose siguiente:

(EN RD$)

1- 1- TOTAL DE INGRESOS 1,222,734,406,859 2- 2- TOTAL DE GASTOS 1,454,046,519,373 RESULTADO FINANCIERO (1-2) (231,312,112,514)

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Artículo 4.- Incremento en las apropiaciones de gastos. Se autoriza al Poder Ejecutivo a incrementar las apropiaciones presupuestarias de gastos por un monto de treinta y cinco mil trescientos sesenta millones cuatro mil cuatrocientos veintitrés pesos dominicanos (RD$35,360,004,423), que se destinarán de acuerdo con el detalle del Cuadro núm. 1. Este monto ha sido incluido en el total de erogaciones indicado en el artículo 2 de la presente ley.

CUADRO 1: AUMENTO DE APROPIACIONES DE GASTOS

Artículo 5.- Autorización a realizar traspasos de apropiaciones. Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a realizar los traspasos de apropiaciones entre fuentes y capítulos del Gobierno Central, de los Organismos Autónomos y Descentralizados no Financieros contempladas en la Ley núm.80-23, que aprueba el Presupuesto General del Estado 2024, por un monto de diecisiete mil doscientos treinta y ocho millones trescientos noventa y un mil cuarenta y cuatro pesos dominicanos (RD$17,238,391,044), conforme los Cuadros 2 y 3 :

DETALLLE AUMENTO GASTOS 35,360,004,423

0201 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA 320,257,980

0202 MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICÍA 3,871,096,767

0203 MINISTERIO DE DEFENSA 97,113,875

0205 MINISTERIO DE HACIENDA 20,330,808

0207 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL 7,059,034,492

0209 MINISTERIO DE TRABAJO 27,177,500

0212 MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MIPYMES (MICM) 7,000,000,000

0220 MINISTERIO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO 6,967,253

0223 MINISTERIO DE LA VIVIENDA, HABITAT Y EDIFICACIONES (MIVHED) 6,399,950,000

0401 JUNTA CENTRAL ELECTORAL 2,520,800,000

0999 ADMINISTRACIÓN DE OBLIGACIONES DEL TESORO NACIONAL 8,037,275,748

Total 35,360,004,423

VALORES EN RD$

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CUADRO 2: DISMINUCIÓN DE APROPIACIONES

CUADRO 3: AUMENTO DE APROPIACIONES

DETALLLE DISMINUCION GASTOS 16,476,391,044

0201 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA 43,968,186

0204 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 254,259,142

0206 MINISTERIO DE EDUCACIÓN 245,723,069

0209 MINISTERIO DE TRABAJO 6,199,988

0211 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES 13,089,934,784

0213 MINISTERIO DE TURISMO 1,085,945,000

0216 MINISTERIO DE CULTURA 10,000,000

0220 MINISTERIO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO 16,563,250

0222 MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS 1,723,797,625

APLICACIONES FINANCIERAS 762,000,000

0999 ADMINISTRACIÓN DE OBLIGACIONES DEL TESORO NACIONAL 762,000,000

Total 17,238,391,044

VALORES EN RD$ DETALLLE AUMENTO GASTOS 16,476,391,044

0101 SENADO DE LA REPÚBLICA 100,000,000

0102 CÁMARA DE DIPUTADOS 100,000,000

0202 MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICÍA 2,873,856,698

0203 MINISTERIO DE DEFENSA 3,686,681,007

0205 MINISTERIO DE HACIENDA 1,480,136,020

0206 MINISTERIO DE EDUCACIÓN 164,723,068

0207 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL 6,199,988

0208 MINISTERIO DE DEPORTES Y RECREACIÓN 300,000,000

0210 MINISTERIO DE AGRICULTURA 2,075,893,904

0217 MINISTERIO DE LA JUVENTUD 10,452,445

0218 MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES 2,155,543,617

0219 MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR CIENCIA Y TECNOLOGÍA 15,000,000

0221 MINISTERIO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 175,408,482

0301 PODER JUDICIAL 921,000,000

0404 DEFENSOR DEL PUEBLO 64,361,485

0406 OFICINA NACIONAL DE DEFENSA PUBLICA 185,567,941

0999 ADMINISTRACIÓN DE OBLIGACIONES DEL TESORO NACIONAL 2,161,566,389

APLICACIONES FINANCIERAS 762,000,000

0206 MINISTERIO DE EDUCACIÓN 81,000,000

0210 MINISTERIO DE AGRICULTURA 681,000,000

Total 17,238,391,044

VALORES EN RD$

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Artículo 6.- Autorización para uso de fuentes. Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a utilizar como fuentes financieras el balance neto de disponibilidad de periodo fiscal 2023, por un monto de diez mil quinientos millones de pesos dominicanos (RD$10,500,000,000), para cubrir los imprevistos que se establecen en el artículo 33, de la Ley Orgánica de Presupuesto núm.423-06, siempre que la situación que origina el imprevisto sea calificada como calamidad y/o emergencia pública mediante decreto presidencial, conforme establece el artículo 43 de la Ley núm.80-23.

Artículo 7.- Administración de pasivos. Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a realizar operaciones de manejo, administración y gestión de pasivos durante el año 2024, por hasta el diez por ciento del balance de la deuda del Sector Público No Financiero, que tengan como objetivo reducir el monto, el servicio de la deuda externa e interna de dicho sector y el riesgo a exposición cambiaria, a través de emisiones de títulos de deuda para canjear o recomprar pasivos de deuda. Los valores de deuda a ser emitidos, en pesos dominicanos o en moneda extranjera, se harán al plazo más conveniente al perfil de vencimiento de la deuda del Sector Público No Financiero.

Párrafo.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes a las aplicaciones financieras producto de cualquier operación de administración de pasivo realizada en cumplimiento con lo establecido en Ley núm.7-24 que autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a efectuar la emisión y colocación de valores de deuda pública por hasta un monto máximo de trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta millones doscientos doce mil ciento dieciocho pesos dominicanos (RD$344,980,212,118) o su equivalente en moneda extranjera.

Artículo 8.- Modificaciones a operaciones de créditos a contratar. Se modifica el artículo 70 de la Ley núm.80-23, en los numerales del 42 al 49 y se incluye el numeral 50, para que se lea de la manera siguiente:

“Artículo 70.- Operaciones de créditos a contratar autorizadas. Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a contratar las siguientes operaciones de crédito público para proyectos de inversión específicos:

1) Programa de Apoyo a la Mejora de las Redes de Distribución Eléctrica (Ejecutor: Ministerio de Energía y Minas –MEM- y/o Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur -EDESUR- y/o Empresa Distribuidora de Electricidad del Este -EDEESTE- y/o Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte -EDENORTE-, cuyo monto máximo de contratación asciende a setenta y cinco millones de dólares estadounidenses (US$75,000,000), a ser concertado con la Corporación Andina de Fomento (CAF), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

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2) Proyecto de Inclusión Productiva y Resiliencia de Familias Rurales Pobres, Pro-Rural Inclusivo (Ejecutor: Ministerio de Planificación, Economía y Desarrollo -MEPyD- y el Ministerio de Agricultura -MA-), cuyo monto máximo de contratación asciende a veinte millones de dólares estadounidenses (US$20,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

3) Proyecto Educación Tecnológica para la Industria 4.0. (Ejecutor: Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología -MESCyT- y el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional -INFOTEP-), cuyo monto máximo de contratación asciende a cien millones de dólares estadounidenses (US$100,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la Agencia de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado de Israel (MASHAV), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

4) Proyecto para la Gestión Integral y Sostenible de los Residuos Sólidos en el Gran Santo Domingo (Ejecutor: Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales -MIMARENA-y el Ayuntamiento de Santo Domingo Norte -ASDN-), cuyo monto máximo de contratación asciende a ciento diez millones de dólares estadounidenses (US$110,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID),la Agencia de Cooperación Japonesa (JICA) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

5) Programa de Apoyo al Reposicionamiento de República Dominicana en las Cadenas Globales de Valor (Ejecutor: Ministerio de Industria Comercio y MIPYMES), cuyo monto máximo de contratación asciende a sesenta millones de dólares estadounidenses (US$60,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

6) Programa de Mejoramiento del Sistema de Distribución a Nivel Nacional (Ejecutor: Ministerio de Energía y Minas –MEM- y/o Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur -EDESUR- y/o Empresa Distribuidora de Electricidad del Este -EDEESTE- y/o Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte -EDENORTE-), cuyo monto máximo de contratación asciende a ciento veinte millones de dólares estadounidenses (US$120,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional (OFID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

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7) Proyecto de Gestión Costera Sostenible (Ejecutor: Ministerio de Turismo - MITUR-, cuyo monto máximo de contratación asciende a setenta millones de dólares estadounidenses (US$70,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

8) Proyecto de Construcción de la Línea 2-C del Metro de Santo Domingo (Ejecutor: Oficina para el Reordenamiento del Transporte -OPRET-, cuyo monto máximo de contratación asciende a quinientos millones de dólares estadounidenses (US$500,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

9) Programa de Financiación de Inversiones Sostenibles en el Sector Agrícola (Ejecutor: Ministerio de Agricultura -MA-), cuyo monto máximo de contratación asciende a ciento veinte millones de dólares estadounidenses (US$120,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

10) Proyecto de Acueducto Múltiple Región Suroeste (ASURO) (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados -INAPA-), cuyo monto máximo de contratación asciende a ochenta millones novecientos mil dólares estadounidenses (US$80,900,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

11) Proyecto de Ampliación de Acueducto Múltiple San Juan de la Maguana-Juan Herrera-Las Matas de Farfán, provincia San Juan (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados -INAPA-), cuyo monto máximo de contratación asciende a ochenta y cuatro millones quinientos mil dólares estadounidenses (US$84,500,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la Corporación Andina de Fomento (CAF), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

12) Proyecto de Ampliación y Reforzamiento del Acueducto Múltiple Azua-Palmar de Ocoa (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados -INAPA- ), cuyo monto máximo de contratación asciende a cuarenta y ocho millones ochocientos mil dólares estadounidenses (US$48,800,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique,

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a ser concertado con la Agencia de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado de Israel (MASHAV), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

13) Proyecto de Saneamiento Universal en Localidades Costeras y Turísticas de la República Dominicana – Fase I (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados - INAPA-), cuyo monto máximo de contratación asciende a doscientos millones de dólares estadounidenses (US$200,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

14) Programa de Apoyo a la Consolidación de un Sistema de Protección Social Inclusivo en República Dominicana (Ejecutor: Programa SUPÉRATE), cuyo monto máximo asciende a cien millones de dólares estadounidenses (US$100,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concretado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

15) Programa de Abastecimiento de Ambulancias para el Sistema de Salud (Ejecutor: Ministerio de la Presidencia-MINPRE-), cuyo monto máximo asciende a treinta millones de dólares estadounidenses (US$30,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concretado con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

16) Proyecto Construcción de Acueducto Múltiple Región Este (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado -INAPA-), cuyo monto máximo de contratación asciende a seiscientos dieciséis millones de dólares estadounidenses (US$616,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

17) Proyecto Construcción de Alcantarillado Sanitario Bávaro – Punta Cana Región Este (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado - INAPA-), cuyo monto máximo de contratación asciende a doscientos millones de dólares estadounidenses (US$200,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

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18) Proyecto de Ampliación y Mejoramiento de la Red de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de la Población de San Francisco de Macorís (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado -INAPA-), cuyo monto máximo de contratación asciende a ochenta y cinco millones de dólares estadounidenses (US$85,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

19) Proyecto Construcción Alcantarillado Sanitario de Nagua, Prov. María Trinidad Sánchez (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado -INAPA-), cuyo monto máximo de contratación asciende a sesenta millones de dólares estadounidenses (US$60,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

20) Proyecto Ampliación Alcantarillado Sanitario de Samaná, Prov. Samaná (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado -INAPA-), cuyo monto máximo de contratación asciende a cuarenta millones de dólares estadounidenses (US$40,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

21) Proyecto de Apoyo a la Implementación del Plan de Reforma y Modernización del Estado (Ejecutor: Ministerio de Administración Pública -MAP-) cuyo monto máximo de contratación asciende a cuarenta millones de dólares estadounidenses (US$40,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

22) Programa de Mejoramiento de Redes Media y Baja Tensión y Normalización de Clientes de las Empresas Distribuidoras de electricidad a Nivel Nacional Ejecutor: la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur -EDESUR-, la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este -EDEESTE- y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte -EDENORTE, cuyo monto máximo de contratación asciende a doscientos veinticinco millones de dólares estadounidenses (US$225,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

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23) Proyecto de Apoyo a la Implementación de la Estrategia Nacional de Seguridad Vial de la República Dominicana (Ejecutor: Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre -INTRANT-), cuyo monto máximo asciende a veinte millones de dólares estadounidenses (US$20,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concretado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

24) Proyecto de Apoyo a la Implementación de las Estrategias del Programa Supérate y el Fortalecimiento del Sistema de Protección Social (Ejecutor: Programa SUPÉRATE), cuyo monto máximo asciende a cien millones de dólares estadounidenses (US$100,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concretado con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

25) Proyecto de Inclusión Productiva y Resiliencia de Jóvenes Rurales Pobres - PRORURAL Joven- (Ejecutor: Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo -MEPyD- y el Ministerio de Agricultura –MA-, cuyo monto máximo asciende a diez millones de dólares estadounidenses (US$10,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concretado con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

26) Programa de Apoyo al Fortalecimiento del Sistema Nacional de Salud (Ejecutor: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MISPAS- y el Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones –MIVHED-), cuyo monto máximo asciende a doscientos millones de dólares estadounidenses (US$200,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concretado con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

27) Proyecto Monorriel de Santiago de los Caballeros (Ejecutor: Ministerio de la Presidencia -MINPRE- a través del Fideicomiso para el Desarrollo del Sistema de Transporte Masivo de la República Dominicana -FITRAM-), cuyo monto máximo asciende a quinientos millones de dólares estadounidenses (US$500,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

28) Proyecto Ampliación Acueducto Múltiple Línea Noroeste (ALINO) (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados -INAPA-), cuyo monto máximo asciende a trescientos noventa y tres millones de dólares estadounidenses (US$393,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de

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seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

29) Proyecto Construcción Acueducto Múltiple Palomino-Bohechio-Padre de las Casas, provincias San Juan y Azua (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados -INAPA-), cuyo monto máximo asciende a siete millones doscientos mil dólares estadounidenses (US$7,200,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

30) Proyecto Plan de Manejo de Cuenca del Rio Yuna (Ejecutor: Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos -INDRHI-, cuyo monto máximo asciende a doscientos cincuenta millones de dólares estadounidenses (US$250,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

31) Proyecto de Unidad Gubernamental de Rápida Acción – UGRA (Ejecutor: Ministerio de la Presidencia -MINPRE- a través de la Unidad Ejecutora ECO5RD), cuyo monto máximo asciende a cincuenta millones de dólares estadounidenses (US$50,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

32) Fortalecimiento del Sistema de Prevención y Atención a Mujeres Víctimas de Violencia Intrafamiliar y de Género (Ejecutor: Ministerio de la Mujer), cuyo monto máximo asciende a quince millones de dólares estadounidenses (US$15,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

33) Proyecto de Desarrollo Integral del Puerto de Haina (Ejecutor: Autoridad Portuaria Dominicana -APORDOM-, cuyo monto máximo asciende a cien millones de dólares estadounidenses (US$100,000,000.00), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

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34) Proyecto de Ampliación de la Capacidad de Transporte de la Línea 2 del Metro de Santo Domingo (Ejecutor: Oficina para el Reordenamiento del Transporte - OPRET-), cuyo monto máximo asciende a ciento setenta y ocho millones trescientos setenta y cuatro mil trescientos treinta y nueve dólares estadounidenses (US$178,374,339.00), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

35) Proyecto Ampliación del Acueducto Oriental Barrera de Salinidad y Transferencia a Santo Domingo Norte (Ejecutor: Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo –CAASD-), cuyo monto máximo asciende a treinta y cinco millones de dólares estadounidenses (US$35,000,000.00), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Corporación Andina de Fomento (CAF) a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

36) Proyecto Mejoramiento del Financiamiento Agrícola para el Fortalecimiento de la Cadena de Valor Alimentaria (Ejecutor: Ministerio de Agricultura –MA-), cuyo monto máximo asciende a setenta millones de dólares estadounidenses (US$70,000,000.00), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

37) Proyecto Plan Nacional de Conectividad y Transformación de Infraestructura Vial de la República Dominicana -PLANACOVIAL- (Ejecutor: Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones –MOPC-), cuyo monto máximo asciende a seiscientos millones de dólares estadounidenses (US$600,000,000.00), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

38) Programa de Construcción de Ecoviviendas en la República Dominicana (Ejecutor: Ministerio de la Presidencia -MINPRE- a través de la Unidad Ejecutora ECO5RD), cuyo monto máximo asciende a doscientos cincuenta millones de dólares estadounidenses (US$250,000,000.00), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

39) Proyecto Construcción Verja Perimetral Inteligente Frontera República Dominicana–Haití (Ejecutor: Ministerio de Defensa -MIDE-), cuyo monto máximo asciende a doscientos treinta y nueve millones novecientos ochenta mil dólares

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estadounidenses (US$239,980,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

40) Proyecto Presurización del Sistema de Riego en el Área de Influencia del Canal José Joaquín Puello, Valle de San Juan, Fase I (Ejecutor: Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos -INDRHI-), cuyo monto máximo asciende a treinta y cuatro millones de dólares estadounidenses (US$34,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

41) Programa de Rehabilitación y Mantenimiento de Puentes a Nivel Nacional (Ejecutor: Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones -MOPC-), cuyo monto máximo asciende a doscientos millones de dólares estadounidenses (US$200,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

42) Programa de Saneamiento Universal de Ciudades Costeras Turísticas de República Dominicana, Fase II (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados -INAPA-), cuyo monto máximo asciende a trescientos ochenta millones de dólares estadounidenses (US$380,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

43) Programa de Rehabilitación Agroforestal de las Plantaciones de Cacao Dominicanas -PRACAO- (Ejecutor: Ministerio de Agricultura -MA-), cuyo monto máximo asciende a cien millones de dólares estadounidenses (US$100,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

44) Programa de Eficiencia Energética y Techos Solares para la República Dominicana (Ejecutor: Ministerio de Energía y Minas -MEM-), cuyo monto máximo asciende a ciento cincuenta millones de dólares estadounidenses (US$150,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

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45) Proyecto Construcción de la Red de Alcantarillados en San Cristóbal (Ejecutor: Instituto de Aguas Potables y Alcantarillados -INAPA-), cuyo monto máximo asciende a cien millones de dólares estadounidenses (US$100,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

46) Proyecto de Fortalecimiento del Sistema de Salud para la Prevención y Gestión de las Enfermedades Crónicas no Transmisibles -ECNT- Diabetes y Enfermedades Cardiovasculares (Ejecutor: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MISPAS- y el Servicio Nacional de Salud -SNS-), cuyo monto máximo asciende a cincuenta millones de dólares estadounidenses (US$50,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

47) Proyecto Integral para la Transformación Industrial Sostenible y Resiliente en la República Dominicana (Ejecutor: Ministerio de Industria y Comercio -MICM- ), el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo -MEPYD- y el Ministerio de Hacienda -MH-, cuyo monto máximo asciende a ciento cincuenta millones de dólares estadounidenses (US$150,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

48) Proyecto Construcción del Alcantarillado Municipio San Juan (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados -INAPA-), cuyo monto máximo asciende a sesenta millones de dólares estadounidenses (US$60,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Corporación Andina de Fomento (CAF), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

49) Proyecto Construcción del Canal Alto Mao, provincia Valverde (Ejecutor: Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos -INDRHI-), cuyo monto máximo asciende a doscientos cincuenta millones de dólares estadounidenses (US$250,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Corporación Andina de Fomento (CAF), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

50) Proyecto Construcción del Tren Metropolitano de Santo Domingo, provincia Santo Domingo. (Ejecutor: Ministerio de la Presidencia -MINPRE- a través del Fideicomiso para el Desarrollo del Sistema de Transporte Masivo de la República Dominicana -FITRAM-), cuyo monto máximo asciende a quinientos millones de dólares estadounidenses (US$500,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser

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concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.

Párrafo.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, en las condiciones dispuestas por el artículo 70 de la Ley núm.80-23, a incorporar en el Presupuesto General del Estado 2024, los proyectos de inversión detallados en el presente artículo”.

Artículo 9.- Restricciones para incorporar disposiciones no previstas en el ejercicio presupuestario del año 2024. Se autoriza al Poder Ejecutivo, para que, a través del Ministerio de Hacienda, accione y restrinja cualquier disposición administrativa no prevista en el marco de la Ley núm.80-23 y la presente ley que la modifica.

Artículo 10.- Autorización para pagos en el ejercicio 2024. Se autoriza al Poder Ejecutivo, para que, a través del Ministerio de Hacienda, se realicen las coordinaciones correspondientes para imputar al ejercicio corriente 2024, los compromisos de gastos del ejercicio fiscal 2023, cuyo trámite fue interrumpido por el debido cumplimiento de los procesos y regularización en la etapa de cierre.

Artículo 11.- Autorización para ajustes en el cierre. Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a realizar los ajustes que sean necesarios para el cierre del ejercicio presupuestario del año 2024, entre balances de apropiaciones de los capítulos y fuentes financieras para reflejar su ejecución real sin alterar el techo de las apropiaciones de gastos aprobadas por el Congreso Nacional mediante la Ley núm.80-23 y la presente ley que la modifica.

Artículo 12.- Ajustes en los nuevos niveles de transferencias. Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a realizar los ajustes a los presupuestos de los Organismos Autónomos y Descentralizados no Financieros, de las Instituciones Públicas de la Seguridad Social y de las Empresas Públicas no Financieras, a los nuevos niveles de transferencias otorgadas por el Gobierno Central originadas por lo establecido en la presente ley.

Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024); años 181 de la Independencia y 161 de la Restauración.

Ricardo De Los Santos Presidente

Melania Salvador Jiménez Milcíades Franjul Pimentel Secretaria Secretario

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Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024); años 181 de la Independencia y 161 de la Restauración.

Alfredo Pacheco Osoria Presidente

Nelsa Shoraya Suárez Ariza Agustín Burgos Tejada Secretaria Secretario

LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República.

PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.

DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024); años 181 de la Independencia y 161 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Texto extraído automáticamente desde PDF oficial; verificar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de leyes o documentos vecinos; se delimitaron usando encabezados oficiales.