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Ley núm. 343-2022

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Ley núm. 343-22 que designa con el nombre José Tomás Binet Mies (Tomasito) el complejo deportivo del municipio San Pedro de Macorís, provincia San Pedro de Macorís. G. O. No. 11076 del 29 de julio de 2022.

EL CONGRESO NACIONAL

En Nombre de la República

Ley núm. 343-22

Considerando primero: Que conforme a la Constitución es atribución del Congreso conceder honores a los ciudadanos y ciudadanas distinguidos que hayan prestado reconocidos servicios a la patria o a la humanidad.

Considerando segundo: Que José Tomás Binet Mies (Tomasito) nació en San Pedro de Macorís el 2 de noviembre de 1930; es considerado uno de los atletas más completos del país por su actuación en distintas disciplinas, fue exaltado en atletismo al Pabellón de la Fama del Deporte Dominicano en el año 1993.

Considerando tercero: Que José Tomás Binet Mies (Tomasito) participó en la Serie Mundial de Béisbol Amateur celebrada en La Habana, Cuba, en 1951, como jugador regular del cuadro; formó parte del equipo del Liceo Secundario Juan Pablo Duarte del cual fue seleccionado para participar en las competencias de atletismo para escoger a los atletas que representarían a República Dominicana en los II Juegos Panamericanos México 1955; y en 1957, elegido por la Asociación de Cronistas Deportivos de Santo Domingo como “Atleta del Año”.

Considerando cuarto: Que en 1959 José Tomás Binet Mies (Tomasito) ganó el primer lugar en el salto de pértiga, el lanzamiento de jabalina, el disco y pesa. Además, en 1983 fue seleccionado para llevar la antorcha en la inauguración de los Sextos Juegos Deportivos Nacionales, realizados en la ciudad de San Pedro de Macorís. Se destacó en voleibol, béisbol y baloncesto.

Considerando quinto: Que además de ser un destacado atleta, José Tomás Binet Mies también ocupó la alcaldía del municipio San Pedro de Macorís, en el período 1974-1978.

Considerando sexto: Que su destacada participación en el campo nacional e internacional, en diferentes disciplinas, lo hacen merecedor de recibir tributo de esta naturaleza, por parte del pueblo dominicano.

Vista: La Constitución de la República.

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Vista: La Ley No.2439, del 8 de julio de 1950, sobre asignación de nombres a las divisiones políticas, poblaciones, edificios, obras, vías, cosas y servicios públicos, modificada por la Ley No.49, del 9 de noviembre de 1966.

HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

Artículo 1.- Objeto. Esta ley tiene por objeto designar con el nombre José Tomás Binet Mies (Tomasito), el complejo deportivo del municipio San Pedro de Macorís, provincia San Pedro de Macorís.

Artículo 2.- Ámbito de aplicación. Esta ley se aplicará dentro del ámbito de la provincia San Pedro de Macorís y de manera general en todo el territorio nacional.

Artículo 3.- Designación. Se designa con el nombre José Tomás Binet Mies (Tomasito) el complejo deportivo del municipio San Pedro de Macorís, provincia San Pedro de Macorís.

Artículo 4.- Colocación de nombre y tarja. Se ordena la colocación del nombre en bronce en la parte frontal del complejo deportivo del municipio San Pedro de Macorís y una tarja identificativa con datos biográficos de José Tomás Binet Mies (Tomasito).

Artículo 5.- Ejecución de la ley. El Ministerio de Deportes y Recreación (MIDEREC) tomará las medidas administrativas para la ejecución de la presente ley.

Artículo 6.- Identificación de fondos. Los fondos para la ejecución de esta ley provendrán de los recursos económicos asignados al Ministerio de Deportes y Recreación en la Ley de Presupuesto General del Estado.

Artículo 7.- Entrada en vigencia. Esta ley entrará en vigencia después de su promulgación y publicación, según lo establecido en la Constitución de la República y transcurridos los plazos fijados en el Código Civil de la República Dominicana.

Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022); años 179 de la Independencia y 159 de la Restauración.

Alfredo Pacheco Osoria Presidente

Nelsa Shoraya Suárez Ariza

Agustín Burgos Tejada

Secretaria

Secretario

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Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); años 179 de la Independencia y 159 de la Restauración.

Eduardo Estrella Presidente

Ginette Bournigal de Jiménez

Lía Ynocencia Díaz Santana Secretaria

Secretaria

LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República.

PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y ejecución.

DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); años 179 de la Independencia y 159 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Texto extraído automáticamente desde PDF oficial; verificar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de leyes o documentos vecinos; se delimitaron usando encabezados oficiales.