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Ley núm. 493-2019

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Ley No. 493-19 que introduce modificaciones a la Ley No. 61-18, de fecha 14 de diciembre de 2018, que aprobó el Presupuesto General del Estado para el año 2019. G. O. No. 10962 del 9 de diciembre de 2019.

EL CONGRESO NACIONAL

En Nombre de la República Ley No. 493-19

CONSIDERANDO PRIMERO: Que es interés del Gobierno dominicano mejorar la equidad distributiva y la calidad de vida de la población envejeciente y de los servidores públicos de menores ingresos, por lo que se adoptó la decisión de incrementar las pensiones del Estado, otorgar pensiones solidarias, aumentar el salario mínimo de dichos servidores, realizar incrementos diferenciados para los empleados cuyos sueldos son inferiores a treinta mil pesos dominicanos (RD$30,000.00) mensuales para los empleados no sometidos a regímenes especiales y reajustar los salarios de los miembros de los cuerpos de bomberos.

CONSIDERANDO SEGUNDO: Que según organismos internacionales, se han producido cambios en el entorno económico internacional, expresados fundamentalmente en las tensiones de las relaciones comerciales de las dos principales economías mundiales y la disminución en las previsiones de crecimiento económico de los Estados Unidos, nuestro

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_____________ principal socio comercial. Esto impactaría de forma desfavorable el desempeño de algunas actividades productivas en el país, provocando una revisión a la baja del crecimiento de la economía y la consecuente disminución de las recaudaciones tributarias estimadas en el Presupuesto General del Estado para el presente año.

CONSIDERANDO TERCERO: Que el manejo responsable de las cuentas fiscales requiere un cierre ordenado del ejercicio presupuestario correspondiente al presente año, por lo que, en vista de la posible disminución en las recaudaciones estimadas y de los recursos adicionales a ser destinados para el aumento de salarios y pensiones, resulta necesario que el Estado dominicano sea dotado de los medios necesarios para satisfacer los compromisos asumidos.

CONSIDERANDO CUARTO: Que el Gobierno recibirá ingresos adicionales provenientes del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER), así como recursos provenientes del 0.75% correspondiente al Poder Ejecutivo para ser destinados al Fondo de Desarrollo Vial.

CONSIDERANDO QUINTO: Que en razón de lo expuesto en párrafos precedentes, se prevé realizar adiciones de apropiaciones de gastos, una reestimación de los ingresos probables de fuentes internas, así como modificaciones entre capítulos, por lo que el Gobierno ha decidido introducir al Congreso Nacional un proyecto de ley que modifica la

Notas de revisión

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  • No se detectó una cláusula DADO parseable en el segmento extraído del PDF.