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Ley núm. 053-2018

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Ley No. 53-18 que designa con el nombre Norge Botello Fernández, las calles Caracas y Monte Cristi, comprendidas entre la calle Rafael Atoa y la Avenida 27 de Febrero, en el Distrito Nacional. G. O. No. 10923 del 30 de noviembre de 2018.

EL CONGRESO NACIONAL

En Nombre de la República Ley No. 53-18

CONSIDERANDO PRIMERO: Que el 12 de noviembre de 1940, nació en la ciudad de San Pedro de Macorís, el dirigente político, patriota y líder revolucionario, Norge Botello Fernández, luchador antitrujillista, defensor de la democracia y la soberanía nacional.

CONSIDERANDO SEGUNDO: Que el señor Norge Botello Fernández, ingresó a temprana edad al Movimiento Revolucionario 14 de Junio, teniendo una destacada participación en la lucha contra la tiranía de Rafael Leónidas Trujillo, junto a su líder el Doctor Manuel Aurelio Tavárez Justo, razón por la cual fue encarcelado en la cárcel de “La Victoria” y torturado en el centro de torturas “La Cuarenta”.

CONSIDERANDO TERCERO: Que luego del derrocamiento del gobierno constitucional del Profesor Juan Bosch, el señor Norge Botello Fernández, se integra en las luchas en favor del respeto a la soberanía y la voluntad popular, teniendo destacada participación en la insurrección cívico militar de abril de 1965, como el intento de asalto al Palacio Nacional junto al Coronel Rafael Tomás Fernández Domínguez y el líder revolucionario Juan Miguel Román, entre otros destacados combatientes.

CONSIDERANDO CUARTO: Que durante esta gesta heroica, el señor Norge Botello Fernández, fue el comandante del comando B-3, ubicado en la calle Caracas esquina Jacinto de la Concha, considerado uno de los lugares donde se fraguaron algunas de las más fieras batallas en contra de las tropas de intervención norteamericanas y sus aliados; combatiendo a las mismas con coraje y honor.

CONSIDERANDO QUINTO: Que luego de la Revolución de Abril de 1965, el señor Norge Botello Fernández, desarrolló un gran activismo político junto a su líder el Profesor Juan Bosch, siendo militante del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), y luego miembro fundador del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en 1973, donde militó hasta el día de su fallecimiento.

CONSIDERANDO SEXTO: Que el señor Norge Botello Fernández fue Diputado por el Distrito Nacional, Presidente de la Cámara de Diputados, Secretario de Interior y Policía, Director de Autoridad Portuaria y del Instituto Dominicano de Aviación Civil, funciones en las que se destacó por su pulcritud y honestidad.

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CONSIDERANDO SÉPTIMO: Que las calles Caracas y Monte Cristi abarcan el tramo comprendido entre la calle Rafael Atoa y la Avenida 27 de Febrero del Distrito Nacional, lo cual genera confusión entre los ciudadanos; situación que puede ser subsanada al designar con un solo nombre el referido tramo.

CONSIDERANDO OCTAVO: Que es una obligación del Estado dominicano reconocer a todos aquellos hombres y mujeres que han servido a la Patria, luchando por el bienestar del pueblo dominicano y que sirven como ejemplo para las futuras generaciones.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana.

VISTA: La Ley No.2439 del 8 de julio de 1950, sobre asignaciones de nombres a las Divisiones Políticas, Poblaciones, Edificios, Obras, Vías, Cosas y Servicios Públicos, modificada por la Ley No. 49 del 9 de noviembre de 1966, Gaceta Oficial No. 7146.

VISTA: La Ley No.176-07, del 17 de julio de 2007, del Distrito Nacional y los Municipios. HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

Artículo 1.- Objeto. Esta ley tiene por objeto exaltar a Norge Botello Fernández por su trayectoria social y política, designando con su nombre las actuales calles Caracas y Monte Cristi, comprendidas entre la calle Rafael Atoa y la Avenida 27 de Febrero.

Artículo 2.- Ámbito de aplicación. Esta ley es aplicable para todo el territorio de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán.

Artículo 3.- Designación. Se designa con el nombre Norge Botello Fernández, las calles Caracas y Monte Cristi, comprendidas entre la calle Rafael Atoa y la Avenida 27 de Febrero de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional.

Artículo 4.– Rotulación y tarja. Se ordena al Ayuntamiento del Distrito Nacional la rotulación de las calles Caracas y Monte Cristi, con el nombre de Norge Botello Fernández y la colocación de una tarja con sus datos biográficos.

Artículo 5.– Identificación de fondos. Los fondos para la ejecución de esta ley serán consignados en el Presupuesto correspondiente al Ayuntamiento del Distrito Nacional.

Artículo 6.- Ejecución de la ley. El Ayuntamiento del Distrito Nacional, queda encargado de tomar todas las medidas correspondientes para la ejecución de esta ley. DISPOSICIÓN FINAL Única.- Entrada en Vigencia. Esta ley entra en vigencia después de su promulgación y publicación, según lo establecido en la Constitución de la República, y transcurridos los plazos fijados por el Código Civil Dominicano.

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_____________ DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018); año 175 de la Independencia y 155 de la Restauración. Dionis Alfonso Sánchez Carrasco Vicepresidente en Funciones Edis Fernando Mateo Vásquez Antonio De Jesús Cruz Torres Secretario Secretario Ad-Hoc. Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de octubre del año dos mil dieciocho (2018); año 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. Radhamés Camacho Cuevas Presidente Ivannia Rivera Núñez Juan Julio Campos Ventura Secretaria Secretario DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República. PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho (2018), año 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
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