Ley núm. 030-2018¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: ley
- Número: 30
- Año: 2018
- Fecha: 02/08/2018
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3389105&managementType=1
- PDF original: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3389105&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
c0093a2a3addf1703df57e46d6527191b9ac47e4b62933337e4932b8311540bc - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Ley No. 30-18 del 2 de agosto de 2018, que designa con el nombre de licenciado Rafael Danilo Thomas (Nano), el Liceo Secundario Sabaneta de Yásica, distrito municipal Sabaneta de Yásica, municipio Sosúa, provincia Puerto Plata. G. O. No. 10915 del 3 de agosto de 2018.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República Ley No. 30-18
Considerando primero: Que el señor Rafael Danilo Thomas nació en la ciudad de Puerto Plata en el año 1938 y fue uno de los primeros profesionales de la educación en Puerto Plata; se graduó de licenciado en Educación, mención matemáticas, en San Francisco de Macorís, en el Centro Regional del Nordeste (CURNE), en el año 1975.
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Considerando segundo: Que el licenciado Rafael Danilo Thomas ha sido considerado como un educador incansable, por sus grandes aportes en beneficio de la calidad de la enseñanza y de elevar el nivel educativo de los maestros, así como también de los alumnos.
Considerando tercero: Que el licenciado Rafael Danilo Thomas fue un ilustre educador, precursor del traslado del colegio Sola Fide a la escuela Enriqueta Omler en 1977, el cual, después de algunas luchas, se convirtió en Liceo Secundario Sabaneta de Yásica en 1982.
Considerando cuarto: Que es un deber y un acto de justicia designar este plantel con el nombre de Rafael Danilo Thomas, ya que no hay un centro educativo en el país que le haga honor al ilustre dominicano que ha puesto en alto el magisterio de la zona.
Vista: La Constitución de la República.
Vista: La Ley No.2439, del 8 de julio de 1950, sobre asignación de nombres a las divisiones políticas, poblaciones, edificios, obras, vías, cosas y servicios públicos; modificada por la Ley No.49, del 9 de noviembre de 1966.
Vista: La Ley General de Educación, No.66-97, del 9 de abril de 1997.
Vista: La Ley No.43-02, del 25 de marzo de 2002, que eleva la sección de Sabaneta de Yásica, del municipio de Sosúa, provincia Puerto Plata, a la categoría de Distrito Municipal. HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Artículo 1.- Objeto. Esta ley tiene por objeto designar con el nombre “Licenciado Rafael Danilo Thomas” el Liceo Secundario Sabaneta de Yásica, distrito municipal Sabaneta de Yásica, municipio Sosúa, provincia Puerto Plata.
Artículo 2.- Designación. Se designa con el nombre Rafael Danilo Thomas (Nano) el Liceo Secundario Sabaneta de Yásica, distrito municipal Sabaneta de Yásica, municipio Sosúa, provincia Puerto Plata.
Artículo 3.- Colocación de nombre y tarja. Se ordena la colocación del nombre en bronce en la parte frontal del edificio escolar y una tarja identificativa con datos biográficos del licenciado Rafael Danilo Thomas.
Artículo 4.- Ejecución de la ley. El Ministerio de Educación queda encargado de la ejecución de la presente ley.
Artículo 5.- Identificación de fondos. Los fondos para la ejecución de la presente ley deberán ser consignados en la Ley de Presupuesto General del Estado, en el capítulo correspondiente al Ministerio de Educación.
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Artículo 6.-Entrada en vigencia. La presente ley entrará en vigencia después de su promulgación, según lo establecido en la Constitución de la República y una vez transcurridos los plazos señalados en el Código Civil de la República Dominicana. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017); años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. Rubén Darío Maldonado Díaz Presidente Miladys F. del Rosario Núñez Pantaleón Juan Suazo Marte Secretaria Secretario DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018); años 175 de la Independencia y 155 de la Restauración. Reinaldo Pared Pérez Presidente. Edis Fernando Mateo Vásquez Amarilis Santana Cedano Secretario. Secretaria Ad-Hoc DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República. PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018), años 175 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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