Ley núm. 022-2018¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: ley
- Número: 22
- Año: 2018
- Fecha: 07/06/2018
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3389008&managementType=1
- PDF original: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3389008&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
38d7c4aad41c8ebef110157f8ab299512be124fe6a1a97508e85b73c6a454864 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Ley No. 22-18 que designa con el nombre de Licenciada Patria Pelagia Méndez Germán, la Escuela Primaria Nuestra Señora de la Altagracia, en el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo. G. O. No. 10912 del 2 de julio de 2018.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República Ley No. 22-18
Considerando primero: Que la licenciada Patria Pelagia Méndez Germán nació en La Lila, provincia Hermanas Mirabal, el 11 de julio de 1943. En el año 1984 se graduó de maestra en la Escuela Normal para Maestros Félix Evaristo Mejía.
Considerando segundo: Que la licenciada Patria Pelagia Méndez Germán, junto a la comunidad, en el año 1969, tomó la iniciativa de fundar una escuela; y en el año 1971 gestionaron el alquiler de una casa de madera con una habitación, donde se instaló la primera escuela pública del ensanche Altagracia.
Considerando tercero: Que la profesora Patria Pelagia Méndez Germán fue la precursora de la construcción de la escuela Nuestra Señora de la Altagracia. Fue su primera directora, luego volvió a ocupar dicha posición desde el año 1978 hasta el 1997, cuando fue jubilada.
Considerando cuarto: Que la insigne maestra ha trabajado de manera incansable con la comunidad, y ha sido reconocida por iglesias, juntas de vecinos y por sus estudiantes, por su trayectoria a favor de la educación.
Vista: La Constitución de la República.
Vista: La Ley No.2439, del 8 de julio de 1950, sobre asignación de nombres a las divisiones políticas, poblaciones, edificios, obras, vías, cosas y servicios públicos, modificada por la Ley No.49, del 9 de noviembre de 1966.
Vista: La Ley General de Educación, No.66-97, del 9 de abril de 1997. HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Artículo 1.- Objeto. Esta ley tiene por objeto designar con el nombre “Licenciada Patria Pelagia Méndez Germán” la Escuela Primaria Nuestra Señora de la Altagracia, en el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo.
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Artículo 2.- Designación. Se designa con el nombre “Licenciada Patria Pelagia Méndez Germán” la Escuela Primaria Nuestra Señora de la Altagracia, en el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo.
Artículo 3.- Identificación de fondos. Los fondos para la ejecución de esta ley provendrán de los recursos económicos asignados al Ministerio de Educación en la Ley de Presupuesto General del Estado.
Artículo 4.- Ejecución de la ley. El Ministerio de Educación queda encargado de ejecutar las medidas correspondientes para el cumplimiento de esta ley.
Artículo 5.- Entrada en vigencia. La presente ley entrará en vigencia después de su promulgación, según lo establecido en la Constitución de la República y una vez transcurridos los plazos señalados en el Código Civil de la República Dominicana. Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017); años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. Rubén Darío Maldonado Díaz Presidente Miladys F. del Rosario Núñez Pantaleón Juan Suazo Marte Secretaria Secretario DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018); años 175 de la Independencia y 155 de la Restauración. Reinaldo Pared Pérez Presidente Edis Fernando Mateo Vásquez Prim Pujals Nolasco Secretario Secretario
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_____________ DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República. PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018), años 175 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA Res. No. 23-18 que aprueba el Contrato de Préstamo No.4114/OC-DR, suscrito entre la República Dominicana, representada por el Ministro de Hacienda y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de US$50,000.000.00, para ser destinado al Programa de Mejora de la Eficiencia de la Administración Tributaria y de la Gestión del Gasto Público en República Dominicana. G. O. No. 10912 del 2 de julio de 2018.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República Res. No. 23-18
VISTO: El Artículo 93, numeral 1) literales j) y k), de la Constitución de la República Dominicana.
VISTO: El Contrato de Préstamo No.4114/OC-DR, firmado en Santo Domingo, R.D., el 02 de octubre de 2017, entre la República Dominicana y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), hasta por un monto de US$50,000.000.00 (cincuenta millones de dólares estadounidenses con 00/100); para financiar el Programa de Mejora de la Eficiencia de la Administración Tributaria y de la Gestión del Gasto Público en República Dominicana.
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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