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Ley núm. 690-2016

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Ley No. 690-16 que aprueba el Presupuesto General del Estado para el año 2017. G. O. No. 10865 del 12 de diciembre de 2016.

EL CONGRESO NACIONAL

En Nombre de la República

Ley No. 690-16

VISTO: El Artículo 93, Numeral I, Literal i), de la Constitución de la República.

HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

DE PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO PARA EL AÑO 2017 CONSTITUIDO POR LOS TÍTULOS I, II, III Y IV:

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES PARA EL PRESUPUESTO DEL GOBIERNO CENTRAL

CAPÍTULO I

INGRESOS, GASTOS Y FINANCIAMIENTO DEL GOBIERNO CENTRAL

Artículo 1.- Se aprueba la estimación de Ingresos del Gobierno Central que se prevé recaudar para el ejercicio fiscal 2017, por la cantidad de Quinientos Treinta y Nueve Mil, Quinientos Trece Millones, Ciento Noventa y Tres Mil, Dieciocho Pesos (RD$539,513,193,018), de acuerdo con lo que se establece a continuación:

(EN RD$)

1- INGRESOS CORRIENTES

537,886,883,163 2- INGRESOS DE CAPITAL

1,626,309,855 TOTAL DE INGRESOS (1+2)

539,513,193,018

Párrafo: Los ingresos estimados incluyen Donaciones por la cantidad de Mil Ochocientos Noventa y Ocho Millones, Cuatrocientos Veinte y Dos Mil, Seiscientos Cincuenta y Seis Pesos (RD$1,898,422,656).

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Artículo 2.- Se aprueban apropiaciones presupuestarias de gasto al Gobierno Central para el ejercicio fiscal 2017, por la cantidad de Seiscientos Veinte y Cuatro Mil, Cuatrocientos Siete Millones, Cuarenta y Cinco Mil, Ochenta y Un Pesos (RD$624,407,045,081), de acuerdo con lo que se establece a continuación:

(EN RD$)

1- GASTOS CORRIENTES

526,377,193,392

2- GASTOS DE CAPITAL

98,029,851,689

TOTAL DE GASTOS (1+2)

624,407,045,081

Artículo 3.- Se aprueba un Déficit Financiero de Ochenta y Cuatro Mil, Ochocientos Noventa y Tres Millones, Ochocientos Cincuenta y Dos Mil, Sesenta y Tres Pesos (RD$84,893,852,063) para el Presupuesto del Gobierno Central, correspondiente al ejercicio fiscal 2017, como resultado de lo establecido en los artículos 1 y 2 de la presente ley, de acuerdo con lo que se establece a continuación:

(EN RD$)

1- TOTAL DE INGRESOS

539,513,193,018 2- TOTAL DE GASTOS

624,407,045,081 DEFICIT FINANCIERO (1-2)

(84,893,852,063)

Artículo 4.- Se aprueba el Financiamiento Neto del Déficit Financiero del Presupuesto del Gobierno Central para el ejercicio fiscal 2017, por un monto de Ochenta y Cuatro Mil, Ochocientos Noventa y Tres Millones, Ochocientos Cincuenta y Dos Mil, Sesenta y Tres Pesos (RD$84,893,852,063), de acuerdo con el siguiente detalle:

(EN RD$)

1- Fuentes Financieras 171,886,178,118 1.1- Fuentes Internas

65,589,205,000 1.2- Fuentes Externas 106,296,973,118

2- Aplicaciones Financieras 86,992,326,055

2.1 - Amortización de Deuda Pública 55,316,621,794 2.1.1 – Deuda Interna 14,913,272,895 2.1.2 – Deuda Externa 40,403,348,899

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2.2- Disminución de Cuentas por Pagar 26,635,644,310

2.3- Activos Financieros 5,040,059,951 Financiamiento Neto (1-2) 84,893,852,063

CAPÍTULO II

DISPOSICIONES SOBRE LOS INGRESOS DEL GOBIERNO CENTRAL

Artículo 5.- La estimación de Ingresos del Gobierno Central se distribuirá de acuerdo a la clasificación económica que se presenta a continuación:

1.1 - INGRESOS CORRIENTES 537,886,883,163

14.9% 1.1.1 - Impuestos 501,608,729,607

13.9% 1.1.1.1 - Impuestos sobre el ingreso, las utilidades y las ganancias de capital 149,240,661,995

4.1% 1.1.1.1.1 - De personas físicas 42,206,819,240

1.2% 1.1.1.1.2 - De empresas y otras corporaciones 77,819,692,502

2.1% 1.1.1.1.3 - Otros impuestos sobre los ingresos 29,214,150,253

0.8% 1.1.1.3 - Impuestos sobre la propiedad 20,910,479,747

0.6% 1.1.1.4 - Impuestos sobre los bienes y servicios 291,519,551,821

8.1% 1.1.1.5 - Impuestos sobre el comercio y las transacciones internacionales/comercio exterior 39,313,622,710

1.1% 1.1.1.6 - Impuestos ecológicos 624,413,334

0.0% 1.1.1.9 - Impuestos diversos -

0.0% 1.1.2 - Contribuciones a la seguridad social 2,342,428,120

0.1% 1.1.3 - Ventas de bienes y servicios 21,044,909,552

0.6% 1.1.4 - Rentas de la propiedad 12,444,105,408

0.3% 1.1.6 - Transferencias y donaciones corrientes recibidas 289,329,120

0.0% 1.1.7 - Multas y sanciones pecuniarias 103,718,822

0.0% 1.1.9 - Otros ingresos corrientes 53,662,534

0.0% 1.2 - INGRESOS DE CAPITAL 1,626,309,855

0.0% TOTAL DE INGRESOS CON DONACIONES 539,513,193,018

14.9% Cuadro No.1 Estimación de Ingresos Fiscales Clasificación Económica (Valores en RD$) DETALLE PRESUPUESTO 2017 %PIB

Artículo 6.- Los Ingresos que recaude el Gobierno Central por cualquier concepto durante el año 2017, serán consignados en la Fuente General del Tesoro Nacional y estarán destinados a cubrir las apropiaciones presupuestarias aprobadas en esta ley.

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Párrafo I: Se exceptúa de lo dispuesto en el presente artículo, los ingresos provenientes de fuentes específicas de leyes especiales, decretos y medidas administrativas que no se incluyen en la Fuente General del Tesoro que se detallan en el Cuadro No. 2, así como los recursos provenientes de préstamos externos e internos y las donaciones.

N° DE FUENTE DETALLE MONTO 1954 Ley 112-00 del 29 de noviembre del 2000, Los ingresos provenientes del impuesto al consumo de combustibles fósiles y derivados del petróleo, para el pago de la deuda externa. 32,356,971,470 1955 Ley 166-03 de fecha 6 de octubre del 2003, sobre los recursos destinados a los Ayuntamientos del país, correspondiente a un 10% de los Ingresos del Estado Dominicano. 17,000,932,313 1956 Ley 275 del 21 de diciembre de 1997, establece un cero punto veinte y cinco por ciento (0.25%) para año no electoral y un cero punto cinco por ciento (0.5%) para año electoral, de los ingresos correspondientes a la FUENTE GENERAL (100) para los Partidos Políticos. 805,043,462 1963 Ley 140-02 del 04 de septiembre del 2002, por concepto de impuestos a las Bancas de Apuestas Deportivas. 70,197,840 1970 Decreto No. 99-01, para la promoción de la República Dominicana en el exterior. 50% de las recaudaciones a las tarjetas de turismo. 118,698,745 1972 Ley 165-01 de fecha 18 de octubre del 2001, establece un ocho por ciento (8%) de los Impuestos Selectivos al Tabaco y a los Cigarrillos. 279,047,514 1973 Ley 180-01 del 10 de noviembre del 2001, para el Fomento de la Industria Lechera. 120,000,000 1974 Ley 112-00, del 1ro. de noviembre del 2000, destinando un 5% de lo recaudado por el impuesto selectivo a los hidrocarburos para el Fomento de la Energía Alternativa y Ahorro de Energía. 168,681,004 2043

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
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  • La cláusula DADO del PDF no pudo parsearse sin inferencia.