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Decreto núm. 635-2026

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Dec. núm. 635-26 que deroga el Decreto núm. 693-24, del 17 de diciembre de 2024. G. O. núm. 11261 del 24 de septiembre de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 635-26

CONSIDERANDO: Que el artículo 128, numeral 1, literal b), de la Constitución de la República faculta al presidente de la República a expedir decretos, reglamentos e instrucciones cuando fuere necesario.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTO: El Decreto núm. 693-24, del 17 de diciembre de 2024.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Queda derogado el decreto núm. 693-24, del 17 de diciembre de 2024.

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ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Hacienda y Economía, al Ministerio de Agricultura, al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, a la Dirección General de Aduanas y al Consejo Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASSAN), y las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER CORONA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.