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Decreto núm. 632-2026

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Metadata

  • Tipo de documento: decreto
  • Número: 632
  • Año: 2026
  • Título detectado: que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Gran Cruz Placa de Plata, al excelentísimo señor Darío Villamizar Herrera, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República de Colombia en nuestro país
  • Fecha: 07/09/2026
  • Gaceta oficial: 11261
  • Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
  • Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consultas
  • Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/api/document/3406322
  • Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/api/document/3406322
  • Hash SHA256 del PDF: 503e361c45fdc8bb339dc518e549e8b054850c8c3eb8af84911fe05ffcf7181f
  • Estado de revisión: pendiente_revision

Texto

Página 1 del PDF

Dec. núm. 632-26 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Gran Cruz Placa de Plata, al excelentísimo señor Darío Villamizar Herrera, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República de Colombia en nuestro país. G. O. núm. 11261 del 24 de septiembre de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 632-26

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 128 de la Constitución, el

presidente de la República dirige la política exterior, por tanto, posee la facultad para reconocer las contribuciones y méritos de aquellos miembros del cuerpo diplomático que hayan prestado servicios distinguidos a la Nación.

CONSIDERANDO: Que el excelentísimo señor Darío Villamizar Herrera, quien culminó su misión como embajador extraordinario y plenipotenciario de la República de Colombia acreditado ante el Gobierno de la República Dominicana el 7 de agosto de 2026, durante el desempeño de sus funciones contribuyó al fortalecimiento de las relaciones bilaterales entre ambos países.

CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, dispone que las actuaciones de la administración deben estar motivadas, de manera que se garantice que las decisiones y preceptos emitidos por los órganos de la Administración Pública reposen sobre el interés general, la legalidad, la transparencia y la debida justificación de sus actuaciones, así como en los demás principios establecidos en la referida norma.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 1113, del 26 de mayo de 1936, que crea la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte, modificada por la Ley núm. 3916, del 9 de septiembre de 1954, que denomina la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte “Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella”.

VISTA: La Ley núm. 107-13, del 6 de agosto de 2013, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.

VISTO: El memorándum núm. DCEP-034613, del 24 de agosto de 2026, suscrito por el Ministro de Relaciones Exteriores.

OIDO: El parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella.

Página 2 del PDF

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Gran Cruz Placa de Plata, al excelentísimo señor Darío Villamizar Herrera, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República de Colombia en la República Dominicana.

ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER CORONA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.