Saltar a contenido

Decreto núm. 607-2026

Aviso

LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.

Metadata

  • Tipo de documento: decreto
  • Número: 607
  • Año: 2026
  • Título detectado: que modifica el artículo 13 del Decreto núm. 557-26. Designa al General de Brigada Rafael Raymundo Ramírez Tejeda, ERD., Comandante del Regimiento de la Guardia Presidencial del Ejército de la República Dominicana
  • Fecha: 01/09/2026
  • Gaceta oficial: 11261
  • Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
  • Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consultas
  • Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/api/document/3406317
  • Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/api/document/3406317
  • Hash SHA256 del PDF: 95c806643e5bb85478bef8406b3a235d911bb04d8d73497a7ce20a60cfe36a0b
  • Estado de revisión: pendiente_revision

Texto

Página 1 del PDF

Dec. núm. 607-26 que modifica el artículo 13 del Decreto núm. 557-26. Designa al General de Brigada Rafael Raymundo Ramírez Tejeda, ERD., Comandante del Regimiento de la Guardia Presidencial del Ejército de la República Dominicana. G. O. núm. 11261 del 24 de septiembre de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 607-26

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 128 de la Constitución, el

presidente de la República es la autoridad suprema de las Fuerzas Armadas, correspondiéndole, en tal condición, disponer, con arreglo a la Constitución y las leyes, cuanto concierna a las Fuerzas Armadas y ejercer el mando supremo de las mismas, por sí o a través del ministerio correspondiente.

CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, dispone que las actuaciones de la administración deben estar motivadas, de manera que se garantice que las decisiones y preceptos emitidos por los órganos de la Administración Pública reposen sobre el interés general, la legalidad, la transparencia y la debida justificación de sus actuaciones, así como en los demás principios establecidos en la referida norma.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 139-13, del 13 de septiembre de 2013, Orgánica de las Fuerzas Armadas.

VISTA: La Ley núm. 107-13, del 6 de agosto de 2013, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.

VISTO: El Decreto núm. 557-26, del 16 de agosto de 2026.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 13 del Decreto núm. 557-26, del 16 de agosto de 2026, para que en lo adelante se lea de la siguiente manera:

Página 2 del PDF

“ARTÍCULO 13. El General de Brigada Rafael Raymundo Ramírez Tejeda, ERD, queda designado Comandante del Regimiento de la Guardia Presidencial del Ejército de la República Dominicana.”

ARTÍCULO 2. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de septiembre del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER CORONA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.