Decreto núm. 598-2026¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 598
- Año: 2026
- Título detectado: que modifica el artículo 1 del Decreto núm. 579-26. Deroga el artículo 2 del Decreto núm. 328-98, que concedió exequátur al señor Virgilio Ernesto Pérez Bernal, a fin de que pueda ejercer las funciones de Cónsul Honorario de El Salvador, en Santo Domingo, República Dominicana
- Fecha: 25/08/2026
- Gaceta oficial: 11259
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consultas
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/api/document/3406260
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Texto¶
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Dec. núm. 598-26 que modifica el artículo 1 del Decreto núm. 579-26. Deroga el artículo 2 del Decreto núm. 328-98, que concedió exequátur al señor Virgilio Ernesto Pérez Bernal, a fin de que pueda ejercer las funciones de Cónsul Honorario de El Salvador, en Santo Domingo, República Dominicana. G. O. núm. 11259 del 9 de septiembre de 2026.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 598-26
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, en su artículo 128, numeral 3, literal a), enviste al presidente de la República con la atribución de dirigir la política exterior y, en consecuencia, le faculta para designar, aceptar renuncias y remover a los miembros del cuerpo diplomático.
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CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, dispone que las actuaciones de la administración deben estar motivadas, de manera que se garantice que las decisiones y preceptos emitidos por los órganos de la Administración Pública reposen sobre el interés general, la legalidad, la transparencia y la debida justificación de sus actuaciones, así como en los demás principios establecidos en la referida norma.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTO: El Decreto núm. 579-26 del 19 de agosto de 2026.
VISTA: La Ley núm. 107-13, del 6 de agosto de 2013, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.
VISTA: La Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior, del 28 de julio de 2016, y su Reglamento de Aplicación.
VISTO: El Memorándum núm. VACM-DSC-DTSMC-032522, del 10 de agosto de 2026, suscrito por el Ministro de Relaciones Exteriores.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 1 del Decreto 579-26, del 19 de agosto de 2026, para que en lo adelante se lea:
“ARTÍCULO 1. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 328-98, del 25 de agosto de 1998, que concedió exequátur al señor Virgilio Ernesto Pérez Bernal, a fin de que pueda ejercer las funciones de cónsul honorario de El Salvador en Santo Domingo, República Dominicana.”
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.