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Decreto núm. 590-2026

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Metadata

  • Tipo de documento: decreto
  • Número: 590
  • Año: 2026
  • Título detectado: que designa a los señores Carina Cedano Rijo, Juan Miguel de los Santos González y María Ysabel del Sagrario Concepción Tolentino, viceministros en varias áreas del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones. Deroga los artículos 1 y 4 del Decreto núm. 49-26 y el artículo 2 del Decreto núm. 497-21
  • Fecha: 23/08/2026
  • Gaceta oficial: 11259
  • Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
  • Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consultas
  • Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/api/document/3406242
  • Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/api/document/3406242
  • Hash SHA256 del PDF: 0333abeb078c9886cd4a906fe41dadc5322eb411f7288998da9ba075cf1caefa
  • Estado de revisión: pendiente_revision

Texto

Página 1 del PDF

Dec. núm. 590-26 que designa a los señores Carina Cedano Rijo, Juan Miguel de los Santos González y María Ysabel del Sagrario Concepción Tolentino, viceministros en varias áreas del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones. Deroga los artículos 1 y 4 del Decreto núm. 49-26 y el artículo 2 del Decreto núm. 497-21. G. O. núm. 11259 del 9 de septiembre de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 590-26

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, en su artículo 128, numeral 2, literal a), confiere al presidente de la República, en su condición de jefe de Gobierno, la facultad de nombrar a los ministros y viceministros, así como aceptarles su renuncia y removerlos.

CONSIDERANDO: Que el artículo 5 de la Ley núm. 160-21, del 1 de agosto de 2021, crea el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), como órgano de planificación, dirección, coordinación y ejecución de la función administrativa del Estado en materia de vivienda, hábitat, asentamientos humanos, construcción y reconstrucción de edificaciones del Estado, así como de sus equipamientos y obras conexas.

CONSIDERANDO: Que el artículo 10 de la Ley núm. 160-21 dispone que el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED) estará integrado, entre otros, por los viceministerios Administrativo y Financiero, de Construcción y de Cooperación y Relaciones Internacionales.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto del 2012, Orgánica de la Administración Pública.

VISTA: La Ley núm. 160-21, del 1 de agosto de 2021, que crea el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

VISTO: El Decreto núm. 497-21, del 11 de agosto de 2021, que designa al Ministro y a seis Viceministros del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

Página 2 del PDF

VISTO: El Decreto núm. 49-26, del 28 de enero de 2026, que designa, entre otros funcionarios, a dos viceministros del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Carina Cedano Rijo, queda designada viceministra de Cooperación y Relaciones Internacionales del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

ARTÍCULO 2. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 49-26, del 28 de enero de 2026.

ARTÍCULO 3. Juan Miguel de los Santos González, queda designado viceministro de Construcción del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

ARTÍCULO 4. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 49-26, del 28 de enero de 2026.

ARTÍCULO 5. María Ysabel del Sagrario Concepción Tolentino, queda designada Viceministra Administrativa y Financiera del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

ARTÍCULO 6. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 497-21, del 11 de agosto de 2021.

ARTÍCULO 7. Envíese a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública, al Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.