Decreto núm. 577-2026¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 577
- Año: 2026
- Título detectado: que concede pensiones del Estado a 52 personas
- Fecha: 19/08/2026
- Gaceta oficial: 11259
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consultas
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/api/document/3406254
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Texto¶
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Dec. núm. 577-26 que concede pensiones del Estado a 52 personas. G. O. núm. 11259 del 9 de septiembre de 2026.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 577-26
CONSIDERANDO: Que el artículo 60 de la Constitución de la República Dominicana consagra el derecho fundamental a la Seguridad Social, estableciendo que toda persona tiene derecho a la misma y que el Estado promoverá su desarrollo progresivo, a fin de garantizar el acceso universal a una protección adecuada frente a contingencias como la enfermedad, la discapacidad, la desocupación y la vejez.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm.379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado.
VISTO: El oficio Pr-In-2026-19374, del 3 de agosto de 2026, dirigido al Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
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ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano a las siguientes personas:
Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y electoral Monto RD$ 1 Jennie Milagros Alcántara Méndez 001-0728799-7 40,000.00 2 Flavia Aracelis Pérez Genao 031-0115479-1 20,000.00 3 Modesta Albertina del Carmen Ureña Sánchez de Taveras 054-0029568-8 20,000.00 4 Williams Evangelista Jiménez Castillo 054-0012632-1 30,000.00 5 Ysrael Eduardo Altagracia Mariano 026-0023478-1 50,000.00 6 Teresa Josefina Martínez Noboa de Lizardo 001-0879204-5 20,000.00 7 Diomedes Cruz de la Rosa 031-0094898-7 20,000.00 8 Patricio Almonte Acevedo 048-0012809-4 25,000.00 9 Vicente Polanco Morel 048-0043124-1 20,000.00 10 Reina Margarita Rosario Peña 001-1159051-9 20,000.00 11 Felipe Tejada Leonardo 048-0024901-5 20,000.00 12 Hilario Salvador Zabala 001-0887632-7 40,000.00 13 Bertulio Amador Noel 001-1497316-7 25,000.00 14 Fausto Antonio Tejeda 010-0043811-7 40,000.00 15 Carlos Antonio Rodríguez Belliard 001-1948493-9 30,000.00 16 Juan José Rosario Sabino 023-0047716-9 20,000.00 17 Alfonso Hidalgo Pichardo 001-0814048-4 20,000.00 18 Ynocencio Laureano López Paulino 055-0023868-7 20,000.00 19 Juan José Caraballo 048-0068681-0 20,000.00 20 Elena Julia Guerrero Reyes 001-0386107-6 20,000.00 21 Margarita Mejía Paredes 057-0001468-0 20,000.00 22 Yris Milena Cedeño Ávila de Guerrero 026-0022966-6 20,000.00 23 Santiago Hesmeling Van Der Linde Borges 001-0239425-1 20,000.00 24 Juana Méndez 001-1056591-8 20,000.00 25 Nerys Erminda Vásquez Pérez 001-0595480-4 20,000.00 26 Luis Octavio Almarante Báez 001-0157940-7 20,000.00 27 Teresa Beltré Beltré 001-0321926-7 20,000.00 28 Juana Cirila Esperanza Martínez Rodríguez 031-0009652-2 20,000.00 29 Fátima Antonia Florentino de la Rosa 012-0008228-5 20,000.00 30 Rosa Miledy Castro Izquierdo 001-0727828-5 50,000.00 31 José María Castillo Soto 003-0001998-1 20,000.00 32 Juan Danilo Peguero Pérez 003-0007408-5 35,000.00 33 Dilcio Ernesto Peña González 003-0003669-6 25,000.00 34 Rey Eduardo Lara Arias 003-0004855-0 20,000.00 35 Rafael Rahdame Díaz Santana 003-0000132-8 35,000.00 36 Luciberth del Milagro González Bethancourt 003-0015226-1 25,000.00 37 Rosa Elvira Cordero 003-0023388-9 15,000.00
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38 Nidio Antonio Peralta Gómez 001-0843537-1 35,000.00 39 Julio César Garden Regalado 001-1310929-2 90,000.00 40 Francisco Romeo Roa Jiménez 001-0806542-6 70,000.00 41 Bienvenido Gómez Segura 019-0001302-8 25,000.00 42 Ángel Bolívar Herrera Hernández 001-0149873-1 30,000.00 43 Fiordaliza del Carmen Brito Camilo 001-0224132-0 30,000.00 44 Maritza del Rosario Méndez Méndez de Marchena 001-0499059-3 30,000.00 45 Miosotis Josefina Tejeda Ureña 001-0203391-7 25,000.00 46 Luis Manuel Suero 001-1134312-5 20,000.00 47 José Pedro Ramírez Martínez 010-0003747-1 20,000.00 48 Mercedes Rosario Ortega 001-0078759-7 20,000.00 49 Anni América Cuevas Santana 001-0873114-2 20,000.00 50 América Ysabel Abreu Guzmán 001-0847002-2 25,000.00 51 Enrique Antonio Guzmán Capellán 001-0250349-1 20,000.00 52 Andrea Abelina Leyba Manzanillo 001-0589243-4 20,000.00
ARTÍCULO 2. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión del Estado, éstos podrán optar por la pensión que más les favorezca.
ARTÍCULO 3. Se dispone, conforme al artículo 1 y su párrafo del Decreto núm.402-19, del 20 de noviembre de 2019, que estas pensiones otorgadas por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tengan efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la Nómina de los Jubilados y Pensionados del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda y Economía.
PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado tendrá un plazo no mayor de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, a partir de la fecha que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la Nómina de Pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo después de cumplido dicho plazo.
ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Hacienda y Economía y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.