Decreto núm. 538-2026¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 538
- Año: 2026
- Título detectado: que designa a Eligio Antonio Santos Almonte, subencargado del Programa Comunidad Segura. Deroga el artículo 2 del Decreto núm. 53-22
- Fecha: 06/08/2026
- Gaceta oficial: 11258
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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93fc2348996751a0fa1d40e16f22e6948fe5fd42507cba23cb0c5028bd703d02 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 538-26 que designa a Eligio Antonio Santos Almonte, subencargado del Programa Comunidad Segura. Deroga el artículo 2 del Decreto núm. 53-22. G. O. núm. 11258 del 27 de agosto de 2026.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 538-26
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, en su artículo 128, numeral 2, literal a), confiere al presidente de la República la atribución de nombrar y remover a los funcionarios públicos cuya designación le corresponda, de conformidad con la Constitución y las leyes.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto de 2012, Orgánica de la Administración Pública.
VISTO: El Decreto núm. 52-22, del 7 de febrero de 2022, que dispone que la Dirección General de Comunidad Digna se denominará Programa Comunidad Segura, adscrita al Ministerio de Interior y Policía.
Página 2 del PDF¶
VISTO: El Decreto núm. 53-22, del 7 de febrero de 2022.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Eligio Antonio Santos Almonte, queda designado subencargado del Programa Comunidad Segura.
ARTÍCULO 2. Se deroga el artículo 2 del Decreto núm. 53-22, del 7 de febrero de 2022.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, al Programa Comunidad Segura, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.