Saltar a contenido

Decreto núm. 524-2026

Aviso

LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.

Metadata

Texto

Página 1 del PDF

Dec. núm. 524-26 que designa a Karilyn María Chabebe Lantigua, Viceministra de Recreación y Actividad Física del Ministerio de Deportes y Recreación. Deroga el

artículo 3 del Decreto núm. 383-20. G. O. núm. 11255 del 13 de agosto de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 524-26

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, en su artículo 128, numeral 2, literal a), confiere al presidente de la República la atribución de nombrar y remover a los funcionarios públicos cuya designación le corresponda, de conformidad con la Constitución y las leyes.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTO: El Decreto número 383-20, del 22 de agosto de 2020, que designa viceministros en los ministerios de la Mujer, de Deportes y Recreación, y de Industria, Comercio y Mipymes.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Karilyn María Chabebe Lantigua, queda designada Viceministra de Recreación y Actividad Física del Ministerio de Deportes y Recreación.

Página 2 del PDF

ARTÍCULO 2. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 383-20, del 22 de agosto de 2020, mediante el cual fue designado Leopoldo Portes Soler, como Viceministro de Desarrollo Deportivo Región Este, del Ministerio de Deportes y Recreación.

ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Deportes y Recreación, al Ministerio de Administración Pública, a la Contraloría General de la República, a la Cámara de Cuentas y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026), año 183 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • La metadata oficial consultada indica 30/07/2026, mientras el apartado DADO del PDF indica 30/06/2026. Se conservan ambos valores para revisión humana.
  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.