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Decreto núm. 478-2026

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Dec. núm. 478-26 que dispone la apertura del Consulado Honorario de la República Dominicana en la Ciudad del Cabo, República de Sudáfrica. Designa al señor Jeremy Marillier, cónsul honorario de nuestro país en dicho consulado. G. O. núm. 11252 del 18 de julio de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 478-26

CONSIDERANDO: Que La Constitución de la República, en su artículo 128. numeral 3, literal a) enviste al presidente de la República con la atribución de dirigir la política exterior.

CONSIDERANDO: Que la República Dominicana mantiene relaciones de amistad y cooperación con la República de Sudáfrica. por tanto, resulta necesario para el fortalecimiento de los vínculos bilaterales, lograr la ampliación y consolidación de los mecanismos de representación consular en beneficio de las nacionales de ambos países.

CONSIDERANDO: Que la apertura de un Consulado Honorario en Ciudad del Cabo, República de Sudáfrica, contribuirá significativamente a la promoción y protección de los intereses nacionales, robusteciendo los vínculos comerciales y turísticos, así como la prestación de asistencia y orientación a los ciudadanos dominicanos residentes o en tránsito en dicha jurisdicción.

CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, dispone que las actuaciones de la administración deben estar motivadas, de manera que se garantice que las decisiones y preceptos emitidos por los órganos de la Administración Pública reposen sobre el interés general, la legalidad, la transparencia y la debida justificación de sus actuaciones, así como en los demás principios establecidos en la referida norma.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 107-13, del 6 de agosto de 2013, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.

VISTA: La Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior, del 28 de julio de 2016, y su Reglamento de Aplicación.

VISTO: El Memorándum VACM-DSC-DTSMC-027030, del 1 de julio de 2026, suscrito por el ministro de Relaciones Exteriores.

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En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se autoriza la apertura del Consulado Honorario de República Dominicana en Ciudad del Cabo, República de Sudáfrica.

ARTÍCULO 2. Jeremy Marillier, queda designado cónsul honorario de República Dominicana en Ciudad del Cabo, República de Sudáfrica.

ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de julio del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.