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Decreto núm. 431-2026

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Dec. núm. 431-26 que modifica el artículo 1 del Decreto núm. 293-26. Designa a la señora Rocío Isabel Vidal Carballo, directora ejecutiva de la Unidad Ejecutora para la Readecuación de Barrios y Entornos (URBE). G. O. núm. 11250 del 1 de julio de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 431-26

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 128, numeral 2, literal a), confiere al presidente de la República la atribución de nombrar y remover a los funcionarios públicos que corresponda, conforme a la Constitución y las leyes.

CONSIDERANDO: Que el Decreto núm. 429-22, del 9 de agosto de 2022, que modifica el

artículo 4 del Decreto núm. 192-21 establece en su artículo 1, que la Unidad Ejecutora para la Readecuación de Barrios y Entornos (URBE) dispondrá de un director ejecutivo de proyecto, el cual será designado por el presidente de la República.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 247-12, del 19 de agosto de 2012, Orgánica de la Administración Pública.

VISTO: El Decreto núm. 192-21, del 22 de marzo de 2021, que transforma la Unidad Ejecutora para la Readecuación de La Barquita y Entornos, la Unidad Ejecutora para la Readecuación de Barrios y Entornos, adscrita al Ministerio de la Presidencia.

VISTO: El Decreto núm. 429-22, del 9 de agosto de 2022, que modifica el artículo 4 del Decreto núm. 192-21.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 1, del Decreto núm. 293-26, del 30 de abril de 2026, para que se lea y sea lo correcto de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1. Rocío Isabel Vidal Carballo, queda designada directora ejecutiva de la Unidad Ejecutora para la Readecuación de Barrios y Entornos (URBE).”

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ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de la Presidencia, a la Unidad Ejecutora para la Readecuación de Barrios y Entornos (URBE), a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.