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Decreto núm. 406-2026

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Dec. núm. 406-26 que designa al señor Juan Antonio Estévez González, viceministro de Descentralización y Participación del Ministerio de Educación. G. O. núm. 11247 del 19 de junio de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 406-26

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 128, numeral 2, literal a), confiere al presidente de la República la atribución de nombrar y remover a los funcionarios públicos que corresponda, conforme a la Constitución y las leyes.

CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 10-21, del 11 de febrero de 2021, establece en su

artículo 68 la estructura orgánica del Ministerio de Educación, formando parte de esta el Viceministerio de Descentralización y Participación, al cual el artículo 72 de la misma ley le atribuye las funciones y competencias correspondientes.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 10-21, del 11 de febrero de 2021, que modifica las leyes que crearon las Secretarías de Estado (ministerios), de Hacienda, Economía, Planificación y Desarrollo, Cultura, Juventud, Educación Superior, Ciencia y Tecnología, Turismo, Agricultura, Administración Pública, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Industria y Comercio y Educación.

VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto del 2012, Orgánica de la Administración Pública.

VISTA: La Resolución núm. 04/2026, que adenda la Resolución núm. 20-2025, mediante la cual se aprueba la estrutura organizativa del Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD), emitida por el Ministerio de Educación y refrendada por el Ministerio de Administración Pública.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Juan Antonio Estévez González, queda designado viceministro de Descentalización y Participación del Ministerio de Educación.

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ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Educación, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.