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Decreto núm. 386-2026

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Dec. núm. 386-26 que designa a los señores Rosa Yanina Torres Tamares y Saúl Roberto Fulcar Soto, cónsules generales de nuestro país en Atlanta, Georgia y en Nueva Orleans, Luisana, Estados Unidos de América, respectivamente. Deroga el artículo 1 del Decreto núm. 554-24. G. O. núm. 11246 del 10 de junio de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 386-26

CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República, en su artículo 128, numeral 3, literal a, inviste al presidente de la República con la atribución de dirigir la política exterior y, en consecuencia, le faculta para designar, aceptar renuncias y remover a los miembros del cuerpo diplomático.

CONSIDERANDO: Que, la Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y el servicio exterior, establece el marco jurídico que regula la organización, funcionamiento, ingreso, permanencia y designación de los funcionarios del servicio Exterior de la República Dominicana, disponiendo que tales actuaciones se formalicen mediante decreto del Poder Ejecutivo.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior, del 28 de julio de 2016, y su Reglamento de Aplicación.

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En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 554-24, del 20 de septiembre de 2024, que designó a Rosa Yanina Torres Tamares, cónsul general de República Dominicana en Nueva Orleans, Luisiana, Estados Unidos de América.

ARTÍCULO 2. Rosa Yanina Torres Tamares, queda designada cónsul general de República Dominicana en Atlanta, Georgia, Estados Unidos de América.

ARTÍCULO 3. Saúl Roberto Fulcar Soto, queda designado cónsul general de República Dominicana en Nueva Orleans, Luisiana, Estados Unidos de América.

ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.