Decreto núm. 349-2026¶
Aviso
LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.
Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 349
- Año: 2026
- Título detectado: que dispone la apertura de los consulados generales de la República Dominicana en Santiago, República de Chile; Providence, Rhode Island, Estados Unidos de América; y Raleigh, Carolina del Norte, Estados Unidos de América
- Fecha: 01/06/2026
- Gaceta oficial: 11244
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3405845&managementType=1
- Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3405845&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
b037631b733fe4bc896e1391ed866ee4e94e8a09fd1eedf8264398b22c0eeeb4 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 349-26 que dispone la apertura de los consulados generales de la República Dominicana en Santiago, República de Chile; Providence, Rhode Island, Estados Unidos de América; y Raleigh, Carolina del Norte, Estados Unidos de América. G. O. núm. 11244 del 3 de junio de 2026.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 349-26
CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República, en su artículo 128, numeral 3, literal a, inviste al presidente de la República con la atribución de dirigir la política exterior.
CONSIDERANDO: Que, corresponde al Poder Ejecutivo establecer y fortalecer la presencia del Estado dominicano en el exterior, a fin de brindar asistencia a los ciudadanos dominicanos residentes fuera del país, robusteciendo la capacidad del Estado dominicano en la gestión de servicios consulares, la documentación de nacionales y la salvaguarda de sus derechos en el exterior.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior, del 28 de julio de 2016, y su Reglamento de Aplicación.
VISTO: El memorándum núm. VACM-DSC-DTSMC-042479, del 6 de noviembre de 2025, suscrito por el ministro de Relaciones Exteriores, dirigido al presidente de la República.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se dispone la apertura del Consulado General de República Dominicana en Santiago, República de Chile, con jurisdicción en todo el territorio nacional.
ARTÍCULO 2. Se dispone la apertura del Consulado General de República Dominicana en Providence, Rhode Island, Estados Unidos de América.
ARTÍCULO 3. Se dispone la apertura del Consulado General de República Dominicana en Raleigh, Carolina del Norte, Estados Unidos de América.
Página 2 del PDF¶
ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al primer (1er) día del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- El PDF contiene una cláusula DADO, pero no fue posible extraer una fecha completa sin inferencia.
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.