Decreto núm. 340-2026¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 340
- Año: 2026
- Título detectado: que modifica el numeral 93 del artículo 1 del Decreto núm. 284-96. Asigna al señor Juan Carlos de los Santos Solís, el apartamento núm. 302, del edificio núm. 4, de la manzana núm.13, del Proyecto Habitacional José Contreras, II Etapa, ubicado en el Distrito Nacional, valorado en la suma de setecientos setenta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$775,000.00)
- Fecha: 22/05/2026
- Gaceta oficial: 11243
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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d72f8ecd042617201a324d8d3cfacc511807b8ee0b7c43b07703529dc0e630d7 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Dec. núm. 340-26 que modifica el numeral 93 del artículo 1 del Decreto núm. 284-96. Asigna al señor Juan Carlos de los Santos Solís, el apartamento núm. 302, del edificio núm. 4, de la manzana núm.13, del Proyecto Habitacional José Contreras, II Etapa, ubicado en el Distrito Nacional, valorado en la suma de setecientos setenta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$775,000.00). G. O. núm. 11243 del 30 de mayo de 2026.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 340-26
CONSIDERANDO: Que el artículo 51 de la Constitución de la República, consagra el derecho de propiedad, el cual tiene una función social que implica obligaciones, por lo que ninguna persona puede ser privada de su propiedad, sino por causa justificada de utilidad pública o de interés social, previo pago de su justo valor.
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CONSIDERANDO: Que el Decreto núm. 284-96, del 30 de julio de 1996, dispone la asignación de los apartamentos y locales comerciales del Complejo Habitacional José Contreras, Etapa II, ubicados dentro de la Parcela núm. 1, D.C. núm. 2, en el cual fueron favorecidas diversas personas.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, dispone que las actuaciones de la administración deben estar motivadas, de manera que se garantice que las decisiones y preceptos emitidos por los órganos de la Administración Pública reposen sobre el interés general, la legalidad, la transparencia y la debida justificación de sus actuaciones, así como en los demás principios establecidos en la referida norma.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 1486, del 20 de marzo de 1938, sobre la Representación del Estado en los Actos Jurídicos.
VISTA: La Ley núm. 1832, del 3 de noviembre de 1948, que instituye la Dirección General de Bienes Nacionales.
VISTO: El Decreto núm. 284-96, del 30 de julio de 1996, que asigna apartamentos y locales comerciales construidos por el Gobierno en el Complejo Habitacional "José Contreras", Etapa II.
VISTO: El oficio núm. 1343, del 31 de julio de 2024, suscrito por el director general de Bienes Nacionales.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se modifica el numeral 93 del artículo 1 del Decreto núm. 284-96, del 30 de julio de 1996, para que en lo adelante se lea de la manera siguiente:
- Juan Carlos de los Santos Solís, titular de la cédula de identidad y electoral núm. 001-1489350-6, el apartamento núm. 302, del edificio núm. 4, de la manzana núm. 13, del proyecto habitacional José Contreras, II Etapa, ubicado en el Distrito Nacional, por la suma de setecientos setenta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$775,000.00).
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ARTÍCULO 2. Envíese al director general de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado y al registrador de títulos correspondiente, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de mayo del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.