Decreto núm. 299-2026¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 299
- Año: 2026
- Título detectado: que designa al señor José Manuel López Gutiérrez, administrador del Parque Nacional Mirador Norte. Deroga el artículo 3 del Decreto núm. 356-20
- Fecha: 06/05/2026
- Gaceta oficial: 11241
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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64275e41c0ac834953a133d2a0573eee260d25d19882f55f37be861d7ef099de - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Dec. núm. 299-26 que designa al señor José Manuel López Gutiérrez, administrador del Parque Nacional Mirador Norte. Deroga el artículo 3 del Decreto núm. 356-20. G. O. núm. 11241 del 12 de mayo de 2026.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 299-26
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 128, numeral 2, literal a), confiere al presidente de la República la atribución de nombrar y remover a los funcionarios públicos que corresponda, conforme a la Constitución y las leyes.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto de 2012, Orgánica de la Administración Pública.
VISTO: El Decreto núm. 733-01, del 10 de julio de 2001.
VISTO: El Decreto núm. 356-20, del 19 de agosto de 2020, que designa funcionarios en distintas dependencias del Estado.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. José Manuel López Gutiérrez, queda designado administrador del Parque Nacional Mirador del Norte.
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ARTÍCULO 2. En consecuencia, se deroga el artículo 3 del Decreto núm. 356-20, del 19 de agosto de 2020, que designó a Felipe Vinicio Coco, administrador del Parque Nacional Mirador del Norte.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de la Presidencia, a la Administración General del Parque Nacional Mirador Norte, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de Mayo del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.