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Decreto núm. 263-2026

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Dec. núm. 263-26 que deroga el artículo 3 del Decreto núm. 153-22, que designó al señor Luis Ernesto Cornielle Segura, vicecónsul de nuestro país en Valencia, Reino de España. G. O. núm. 11239 del 1 de mayo de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 263-26

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, en su artículo 128, numeral 3, literal a), enviste al presidente de la República con la atribución de dirigir la política exterior y, en consecuencia, le faculta para designar, aceptar renuncias y remover a los miembros del cuerpo diplomático.

CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior, establece el marco jurídico que regula la organización y funcionamiento del servicio exterior de la República Dominicana, y dispone que los funcionarios designados en misiones diplomáticas y consulares podrán ser removidos mediante decreto del Poder Ejecutivo.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio exterior, del 28 de julio de 2016, y su Reglamento de Aplicación.

VISTO: El Decreto núm. 212-26, del 31 de marzo de 2026, que concede el beneficio de Pensiones Especiales a varias personas, entre las cuales se encuentra Luis Ernesto Cornielle Segura.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 153-22, del 29 de marzo de 2022, que designó a Luis Ernesto Cornielle Segura, vicecónsul en el Consulado de la República Dominicana en Valencia, Reino de España (pensionado).

ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.