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Decreto núm. 227-2026

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Dec. núm. 227-26 que concede la nacionalidad dominicana, a título de naturalización ordinaria, a 28 personas. G. O. núm. 11237 del 15 de abril de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 227-26

CONSIDERANDO: Que, el artículo 19 de la Constitución de la República, dispone para las y los extranjeros la facultad de naturalizarse de conformidad con las condiciones y formalidades requeridas por la ley.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley núm. 1683, sobre Naturalización, en el literal d) del artículo 1, establece que toda persona extranjera que haya residido sin interrupción en el país por dos años o más, si ha contraído matrimonio con un dominicano y está casada o casado, con el plazo tiempo cumplido podrá solicitar la naturalización ordinaria.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 1683, sobre naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones.

VISTAS: Las instancias números 443, 444, 445, 446, 447, 448, 449, 450, 451, 452, 453, 454, 455, 456, 457, 458, 459, 460, 461, 462, 463, 464, 465, 466, 468, 469 y 470 del 16 de marzo de 2026, del Ministerio de Interior y Policía, mediante las cuales se presentan las solicitudes relativas a las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana, a título de naturalización ordinaria, a las personas que se indican a continuación:

  1. Andrés Arturo Camejo Giliberti, de nacionalidad venezolana.

  2. Carlos Almazán Barrado, de nacionalidad española.

  3. Jorge Barrera Espinosa y Carmen Rodríguez Gutiérrez, casados entre sí, ambos de nacionalidad cubana.

  4. Daphney Delva Charles, de nacionalidad haitiana.

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  1. David Elliott Bennett, de nacionalidad estadounidense. 6. Georges Al Rayes, de nacionalidad haitiana. 7. Guillaume Francois Patrice Bouzonnet, de nacionalidad francesa. 8. Gustavo Adolfo Henao Duque y Sandra Mercedes Lee Mejía, casados entre sí, ambos de nacionalidad colombiana. 9. Karen Guadalupe Richi Mardo, de nacionalidad venezolana. 10. Karla Guillermina Carniel Pérez, de nacionalidad venezolana. 11. Lionel Carballo Nochea, de nacionalidad cubana. 12. Mailet Vanessa Silva Sosa, de nacionalidad venezolana. 13. María del Pilar Vidal Barquín, de nacionalidad mexicana. 14. Mario Martinelli, de nacionalidad italiana. 15. Mindy Azucena Chacón Solorzano, de nacionalidad guatemalteca. 16. Nafees Ahmad, de nacionalidad pakistaní. 17. Rosaire Denis Zabeth, de nacionalidad francesas. 18. Rosely Megumi Matsunaga, de nacionalidad brasileña. 19. Sonia Margarita Salata Morin, de nacionalidad venezolana. 20. Thiago Goncalves de Santana Freire, de nacionalidad brasileña. 21. Jody Cleveland Chance, de nacionalidad estadounidense. 22. Jorge Andrés Gómez Pino, de nacionalidad colombina. 23. Jorge Luis Hernández Mones, de nacionalidad cubana. 24. José Luis Llorca Miralles, de nacionalidad española. 25. Miguel Ángel Cabanillas Vitteri, de nacionalidad peruana. 26. Roberto Garrido Sánchez, de nacionalidad española. 27. Shu-Qi Lin, de nacionalidad taiwanesa. 28. Zuleima Corolina Uribe Sánchez, de nacionalidad venezolana.

ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.