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Decreto núm. 116-2026

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Dec. núm. 116-26 que designa al señor Cecilio Disla, Subcontralor General de la República. Deroga el Decreto núm. 187-21. G. O. núm. 11233 del 2 de marzo de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 116-26

CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 10-07, del 8 de enero de 2007, que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República, establece en el párrafo I de su artículo 13, que el Subcontralor General de la República será designado por el presidente de la República de una terna presentada por el Contralor General de la República.

CONSIDERANDO: Que el Contralor General de la República remitió al Poder Ejecutivo la comunicación núm. IN-CGR-DC-2026-00651, del 17 de febrero de 2026, mediante la cual presenta la terna de candidatos al cargo de Subcontralor General de la República, compuesta por los señores Francisco Alberto Núñez Carrión, Cristian de Jesús Báez Alberto y Cecilio Disla.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 10-07, del 8 de enero de 2007, que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República.

VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto del 2012, Orgánica de la Administración Pública.

VISTA: La comunicación núm. IN-CGR-DC-2026-00651, del 17 de febrero de 2026, dirigida por el Contralor General de la República al presidente de la República.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Cecilio Disla, queda designado Subcontralor General de la República.

ARTÍCULO 2. Queda derogado el Decreto núm. 187-21, del 22 de marzo de 2021.

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ARTÍCULO 3. Envíese a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública, y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026), año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.