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Decreto núm. 087-2026

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Dec. núm. 87-26 que deroga los artículos 1 y 2 del Decreto núm. 487-20, que designaron a los señores Rivera Amador Amador y José Antonio Cedeño de Peña, subdirector general y subdirector administrativo, respectivamente, del Instituto Agrario Dominicano. G. O. núm. 11232 del 15 de febrero de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 87-26

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTO: El Decreto núm. 487-20, del 21 de septiembre de 2020.

VISTO: El Decreto núm. 701-25, del 23 de diciembre de 2025, en lo que respecta al numeral 44 del artículo 1 y al numeral 3 del artículo 2.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se deroga el artículo 1 del Decreto núm. 487-20, del 21 de septiembre de 2020, que designó a Rivera Amador Amador, subdirector general del Instituto Agrario Dominicano (IAD), a los fines de que pueda disfrutar de la pensión otorgada mediante el Decreto núm. 701-25, del 23 de diciembre de 2025.

ARTÍCULO 2. Se deroga el artículo 2 del Decreto núm. 487-20, del 21 de septiembre de 2020, que designó a José Antonio Cedeño de Peña subdirector administrativo y financiero del Instituto Agrario Dominicano (IAD), a los fines de que pueda disfrutar de la pensión otorgada mediante el Decreto núm. 701-25, del 23 de diciembre de 2025.

ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Administración Pública (MAP), al Instituto Agrario Dominicano (IAD), a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.