Saltar a contenido

Decreto núm. 086-2026

Aviso

LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.

Metadata

Texto

Página 1 del PDF

Dec. núm. 86-26 que nombra al general (r) Pedro Alberto Piña de los Santos, F.A.D., director interino de la Comisión Investigadora de Accidentes de Aviación. Deroga la designación del general de brigada Enmanuel Marcelino Suffront Tamayo, F.A.D., contenida en el Decreto núm. 561-07 y el artículo 3 del Decreto núm. 359-20. G. O. núm. 11232 del 15 de febrero de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 86-26

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 491-06, de Aviación Civil de la República Dominicana, del 22 de diciembre de 2006.

VISTA: La Ley núm. 41-08, de Función Pública, del 16 de enero de 2008.

VISTO: El Decreto núm. 561-07 del 8 de octubre de 2007.

VISTO: El Decreto núm. 359-20 del 19 de agosto de 2020.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. El general Pedro Alberto Piña de los Santos, F.A.R.D. (r), queda designado de forma interina director de la Comisión Investigadora de Accidentes de Aviación (CIAA).

ARTÍCULO 2. Se deroga la designación del general de brigada Enmanuel Marcelino Souffront Tamayo (FARD), como director de la Comisión Investigadora de Accidentes de Aviación (CIAA), realizada mediante el Decreto núm. 561-07, del 8 de octubre de 2007 y el

artículo 3 del Decreto núm. 359-20 del 19 de agosto de 2020.

ARTÍCULO 3. Envíese el presente decreto a la Junta de Aviación Civil, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.