Decreto núm. 075-2026¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 075
- Año: 2026
- Título detectado: que concede pensiones especiales del Estado a 44 personas y otorga una pensión por discapacidad de RD$25,000.00 mensuales a la señora Fidelina Suarez. Aumenta las pensiones de que disfrutan 11 personas
- Fecha: 09/02/2026
- Gaceta oficial: 11232
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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cb34410b316c2331a1cc69d2e7b76e544404937e5538e1420251400feb821b35 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Dec. núm. 75-26 que concede pensiones especiales del Estado a 44 personas y otorga una pensión por discapacidad de RD$25,000.00 mensuales a la señora Fidelina Suarez. Aumenta las pensiones de que disfrutan 11 personas. G. O. núm. 11232 del 15 de febrero de 2026.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 75-26
CONSIDERANDO: Que la Constitución Dominicana, en su artículo 60, establece: “Derecho a la Seguridad Social. Toda persona tiene derecho a la seguridad social. El Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, discapacidad, desocupación y la vejez”.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado.
VISTAS: Las comunicaciones Pr-In-2026-1854 y Pr-In-2026-2415, del 23 y del 29 de enero de 2026, dirigidos al Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
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ARTÍCULO l. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano a las siguientes personas:
Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y electoral Monto RD$ 1 Martín Radamés Martínez Medina 001-1817258-4 25,000.00 2 Jianilda Martínez Gil 001-0191075-0 25,000.00 3 Carlos Alberto Mejía Mejía 001-0882682-7 25,000.00 4 Rosa Altagracia Gladimir Paulino Estefani de Bonilla 001-0197425-1 25,000.00 5 Felicia Paredes 001-0853773-9 25,000.00 6 Rafael Antonio Lora Fernández 001-0792421-9 30,000.00 7 Ana Mercedes Ramírez Leger 001-0235999-9 25,000.00 8 Orfelina Bienvenida Tejada García 001-0195093-9 25,000.00 9 Joaquín Rafael Rodríguez Jiménez 001-0139273-6 30,000.00 10 Milagros Altagracia Leonardo Alecón de Acosta 056-0025704-1 40,000.00 11 Feliciana Perdomo Berroa 001-0912975-9 25,000.00 12 Carmen Reyes Pérez 001-0634718-0 20,000.00 13 María Elena Capellán Fernández 001-0024002-7 20,000.00 14 Julio Morfe 001-0297280-9 35,000.00 15 Sergio Antonio Kuret Belén 001-0080585-2 25,000.00 16 Pedro Julio Núñez Burgos 001-0077795-2 20,000.00 17 José Antonio Abreu 001-0081057-1 20,000.00 18 Ramón Antonio Gómez Merán 076-0009309-5 20,000.00 19 Julio Antonio Soto Segura 001-0772224-1 60,000.00 20 José de Jesús Bueno Taveras 001-0554422-5 30,000.00 21 Ana Rosa Beard Almonte 001-0219683-9 20,000.00 22 Ramón Alberto Tatis Martínez 045-0006938-2 20,000.00 23 Rafael Virgilio Acosta 121-0003113-2 20,000.00 24 Angelina del Carmen Fleury León 045-0006751-9 20,000.00 25 María Dominga Almonte Peña 031-0535370-4 20,000.00 26 Ramón Francisco Batista Tatis 031-0535371-2 20,000.00 27 Amancio Morel Santana 031-0077992-9 20,000.00 28 Esmeralda Josefina Espinal Veras 045-0006749-3 20,000.00 29 Nicolás Morel Santana 031-0122850-4 20,000.00 30 Australia Mercedes Ramos 031-0165587-0 20,000.00 31 Melecia Altagracia Acosta Gómez 121-0008290-3 20,000.00 32 Regla María Colón Moreta 001-0816803-0 30,000.00 33 Félix Antonio Aquino Aybar 001-0857469-0 25,000.00 34 Ana Mercedes Ceballos 031-0562428-6 10,000.00 35 Juan Vegazo Ramírez 001-0572147-6 30,000.00 36 Rita Sumaya Morillo 001-0040584-4 15,000.00
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37 Argentina Oliva Tejeda Soto 013-0005523-1 15,000.00 38 Mercedes Méndez 010-0064469-8 20,000.00 39 Martha Gladys Cabrera Cabrera 001-1024105-6 15,000.00 40 Daria Pérez Méndez 001-0275015-5 30,000.00 41 Yolanda Jiménez Sánchez 110-0003000-4 15,000.00 42 Ysidro Antonio de la Cruz Castro 027-0001176-6 20,000.00 43 Yrsa María Ortiz Mejía 001-0989953-4 15,000.00 44 Gladys Milagros Alexandra Ibarra Guerrero de Caram 001-0103339-7 120,000.00
ARTÍCULO 2. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano por discapacidad a la señora Fidelina Suárez, titular de la cédula de identidad y electoral núm. 001-1125233-4, por un monto de veinticinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales.
ARTÍCULO 3. Se aumentan las pensiones que le fueron asignadas por el Estado dominicano a las siguientes personas:
ARTÍCULO 4. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión del Estado, éstos podrán optar por la pensión que más le favorezca.
ARTÍCULO 5. Se dispone que el pago de toda pensión otorgada por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tenga efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la Nómina de los Jubilados y Pensionados Civiles del Estado, ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda y Economía.
PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado tendrá un plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, contado a partir de que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la Nómina de Pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido dicho plazo. Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y electoral Monto RD$ 1 Ana Celeste Castillo García 056-0008833-9 30,000.00 2 William Mercedes Cotes 001-0714009-7 40,000.00 3 Rosa Enervia Díaz Hernández 001-0063934-3 20,000.00 4 Altagracia Yolanda Medrano Ruiz 002-0011323-1 25,000.00 5 Francisca Guillermo de Holguín 001-0407392-9 35,000.00 6 Leandro Antonio Nolasco 001-0069396-9 30,000.00 7 Josefina Mercedes Escoto Sepúlveda 001-0844087-6 40,000.00 8 Luisa Rafaela Lembert Muñoz 001-0008045-6 60,000.00 9 Genoveva Altagracia Ruiz Mendoza 001-0024307-0 50,000.00 10 Remberto Díaz Núñez 001-0250097-2 30,000.00 11 Ramón Pérez 001-0644250-2 50,000.00
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ARTÍCULO 6. Envíese al Ministerio de Hacienda y Economía y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.