Decreto núm. 063-2026¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 063
- Año: 2026
- Título detectado: que deja sin efecto el artículo 16 del Decreto núm. 29-26 y deroga el
- Fecha: 31/01/2026
- Gaceta oficial: 11231
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
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4ec5fb5493a92a8dcf949d60ebe3a4bf4918e4e90f8f04f69e0a30bac39dd2d5 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 63-26 que deja sin efecto el artículo 16 del Decreto núm. 29-26 y deroga el
artículo 8 del Decreto núm. 446-20. G. O. núm. 11231 del 31 de enero de 2026.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 63-26
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre del 2024.
VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto del 2012, Orgánica de la Administración Pública.
VISTO: El Decreto núm. 160-25, del 25 de marzo de 2025, que dispone la fusión del Programa Supérate y la Administradora de Subsidios Sociales, de conformidad con la Ley núm. 247-12, para crear la Dirección de Desarrollo Social Supérate, la cual funcionará como un órgano desconcentrado del Ministerio de la Presidencia, bajo la coordinación del Gabinete de Política Social.
VISTO: El Decreto núm. 29-26, del 16 de enero de 2026.
Página 2 del PDF¶
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Queda sin efecto el artículo 16 del Decreto núm. 29-26, del 16 de enero de 2026.
ARTÍCULO 2. Queda derogado el artículo 8 del Decreto 446-20, del 7 de septiembre del 2020.
ARTÍCULO 3. Envíese el presente decreto a la Dirección de Desarrollo Social Supérate, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública, y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treintaiún (31) días del mes enero del año dos mil veintiséis (2026), año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.