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Decreto núm. 049-2026

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Dec. núm. 49-26 que nombra dos (2) viceministros en el ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones. Designa de manera honorifica al señor Víctor Orlando Bisonó Haza, director del Instituto para el Fomento, Acceso y Garantía para Mi Casa. Deroga el artículo 14 del Decreto núm. 456-24, el artículo 22 del Decreto núm. 330-20, el artículo 5 del Decreto núm. 497-21, el artículo 17 del Decreto núm. 420-20 y el Decreto núm. 498-21. G. O. núm. 11230 del 28 de enero de 2026.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 49-26

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

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VISTA: La Ley núm. 160-21, del 1 de agosto de 2021, que crea el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto del 2012, Orgánica de la Administración Pública.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Vilma Inmaculada Arbaje de Contreras, queda designada viceministra de Cooperación y Relaciones Internacionales del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

ARTÍCULO 2. Queda derogado el artículo 14 del Decreto núm. 456-24, del 21 de agosto de 2024.

ARTÍCULO 3. Queda derogado el artículo 22 del Decreto núm. 330-20, del 16 de agosto de 2020.

ARTÍCULO 4. Claudio Michael Espinal Fernández, queda designado viceministro de Construcción del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

ARTÍCULO 5. Queda derogado el artículo 5 del Decreto núm. 497-21, del 11 de agosto de 2021.

ARTÍCULO 6. Queda derogado el artículo 17 del Decreto núm. 420-20, del 28 de agosto de 2020.

ARTÍCULO 7. Víctor Orlando Bisonó Haza, queda designado director del Instituto para el Fomento, Acceso y Garantía para Mi Casa (INFAMICASA), a título honorífico.

ARTÍCULO 8. Queda derogado el Decreto núm. 498-21, del 11 de agosto de 2021.

ARTÍCULO 9. Envíese al Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de enero del año dos mil veintiséis (2026); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.