Decreto núm. 575-2025¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 575
- Año: 2025
- Título detectado: que designa al señor Fernando José Benoit Peña, director nacional del Centro de Atención Integral para la Discapacidad (CAID), y a los señores Claudia Cuevas Coelho y Edison Iriarte Rodríguez Diaz, directores de dicha institución con sede en Santiago de los Caballeros y en Santo Domingo Oeste, respectivamente. Deroga los
- Fecha: 03/10/2025
- Gaceta oficial: 11216
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 575-25 que designa al señor Fernando José Benoit Peña, director nacional del Centro de Atención Integral para la Discapacidad (CAID), y a los señores Claudia Cuevas Coelho y Edison Iriarte Rodríguez Diaz, directores de dicha institución con sede en Santiago de los Caballeros y en Santo Domingo Oeste, respectivamente. Deroga los
artículos 1 y 3 del Decreto núm. 503-21 y el artículo 1 del Decreto núm. 190-22. G. O. núm. 11216 del 9 de octubre de 2025.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 575-25
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTO: El Decreto núm. 170-21, que crea el Centro de Atención Integral para la Discapacidad, del 16 de marzo de 2021.
VISTO: El Decreto núm. 456-23, que dispone la transferencia al Ministerio de Educación del Centro de Atención Integral para la Discapacidad, del 28 de septiembre de 2023.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Fernando José Benoit Peña, queda designado director nacional del Centro de Atención Integral para la Discapacidad (CAID).
ARTÍCULO 2. Claudia Cuevas Coelho, queda designada directora del Centro de Atención Integral para la Discapacidad (CAID), sede Santiago de los Caballeros.
ARTÍCULO 3. Edison Iriarte Rodríguez Díaz, queda designado director del Centro de Atención Integral para la Discapacidad (CAID), sede Santo Domingo Oeste.
ARTÍCULO 4. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 503-21 del 12 de agosto de 2021.
ARTÍCULO 5. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 503-21 del 12 de agosto de 2021.
ARTÍCULO 6. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 190-22 del 11 de abril de 2022.
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ARTÍCULO 7. Envíese a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública, al Ministerio de Educación, al Centro de Atención Integral para la Discapacidad y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.