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Decreto núm. 574-2025

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Dec. núm. 574-25 que designa al señor Tomás Darío Castillo Lugo, director general interino del Instituto Agrario Dominicano, a título honorífico, en adición a las demás funciones públicas que actualmente desempeña. Deroga el Decreto 518-21 y el artículo 1 del Decreto núm. 401-25. G. O. núm. 11216 del 9 de octubre de 2025.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 574-25

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

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VISTA: La Ley núm. 5879, de Reforma Agraria, del 27 de abril de 1962, que crea el Instituto Agrario Dominicano, y sus modificaciones.

VISTO: El Decreto núm. 518-21, del 20 de agosto de 2021.

VISTO: El Decreto núm. 115-25, del 10 de marzo de 2025.

VISTO: El Decreto núm. 209-25, del 15 de abril de 2025.

VISTO: El Decreto núm. 401-25, del 24 de julio de 2025.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Tomás Darío Castillo Lugo, queda designado, a título honorífico, director general interino del Instituto Agrario Dominicano (IAD), en adición a las demás funciones públicas que actualmente desempeña.

ARTÍCULO 2. La designación del director del instituto Agrario Dominicano (IAD) dispuesta mediante el presente decreto se realiza para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2 del Decreto núm. 115-25, del 10 de marzo de 2025, modificado por el Decreto núm. 209-25, del 15 de abril de 2025, relativo al proceso de reorganización institucional y fusión del Instituto Agrario Dominicano (IAD) con el Ministerio de Agricultura.

ARTÍCULO 3. Se deroga el Decreto núm. 5 18-21, del 20 de agosto de 2021.

ARTÍCULO 4. Se deroga el artículo 1 del Decreto núm. 401-25, del 24 de julio de 2025.

ARTÍCULO 5. Envíese a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública, al Ministerio de Agricultura, al Instituto Agrario Dominicano y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025), año 182 de la Independencia y año 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.