Decreto núm. 515-2025¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 515
- Año: 2025
- Título detectado: que designa al señor Marcos Miguel Balaguer Jerez, director general de la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS). Deroga el artículo 1 del Decreto núm. 232-23
- Fecha: 05/09/2025
- Gaceta oficial: 11213
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
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Dec. núm. 515-25 que designa al señor Marcos Miguel Balaguer Jerez, director general de la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS). Deroga el artículo 1 del Decreto núm. 232-23. G. O. núm. 11213 del 9 de septiembre de 2025.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 515-25
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, del 9 de agosto de 2012.
VISTO: El Decreto núm. 82-15, que crea la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios, bajo la dependencia del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, del 6 de abril de 2015.
VISTO: El Decreto núm. 284-21, que instruye al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social a iniciar la reforma y modernización del sector salud, en coordinación con el Gabinete de Salud y el Ministerio de Administración Pública, del 29 de abril de 2021.
VISTO: El Decreto núm. 231-23 que modifica el artículo 1 del Decreto núm. 82-15 que creó la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios, del 5 de junio de 2023.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente:
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DECRETO:
ARTICULO 1. Marcos Miguel Balaguer Jerez, queda designado como director general de la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS).
ARTÍCULO 2. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 232-23, del 5 de junio de 2023.
ARTICULO 3. Envíese a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública, al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, a la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios, y las demás instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República, a los cinco (5) días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco (2025), año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.