Saltar a contenido

Decreto núm. 512-2025

Aviso

LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.

Metadata

  • Tipo de documento: decreto
  • Número: 512
  • Año: 2025
  • Título detectado: que nombra al coronel piloto José Antonio Hernández Monegro, FARD (DEM), representante de las Fuerzas Armadas en la Misión Permanente de la República ante la Organización de las Naciones Unidas, en New York, así como a otros coroneles y a un capitán de Navío como agregados de defensa militar, naval, aéreo y policial en las embajadas de la República en la República Popular China, República Francesa concurrente en Italia, en Brasil, y en Colombia. Deroga varios decretos que nombraron oficiales de las Fuerzas Armadas en dependencias de esa institución
  • Fecha: 05/09/2025
  • Gaceta oficial: 11213
  • Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
  • Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
  • Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3403838&managementType=1
  • Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3403838&managementType=2
  • Hash SHA256 del PDF: 98b752cb0a79aae56cf5eedfe1ef18f05cda1b0f753326e8fc268161f7b5c81c
  • Estado de revisión: pendiente_revision

Texto

Página 1 del PDF

Dec. núm. 512-25 que nombra al coronel piloto José Antonio Hernández Monegro, FARD (DEM), representante de las Fuerzas Armadas en la Misión Permanente de la República ante la Organización de las Naciones Unidas, en New York, así como a otros coroneles y a un capitán de Navío como agregados de defensa militar, naval, aéreo y policial en las embajadas de la República en la República Popular China, República Francesa concurrente en Italia, en Brasil, y en Colombia. Deroga varios decretos que nombraron oficiales de las Fuerzas Armadas en dependencias de esa institución. G. O. núm. 11213 del 9 de septiembre de 2025.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 512-25

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

Página 2 del PDF

ARTÍCULO 1. El coronel piloto José Antonio Hernández Monegro, FARD, (DEM), queda designado representante de las Fuerzas Armadas en la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en Nueva York, Estados Unidos de América, en sustitución del general de brigada piloto Fernando Rafael Hernández Calcaño, FARD.

ARTÍCULO 2. El coronel paracaidista Rudyard Fernández Abud, FARD, (DEM), queda designado agregado de defensa militar, naval, aéreo y policial en la Embajada de la República Dominicana en la República Popular China, en sustitución del general de brigada piloto Jonás Reynoso Barrera, FARD, (MA).

ARTÍCULO 3. El coronel Salomón Sánchez Santana, ERD, (DEM), queda designado agregado de defensa militar, naval, aéreo y policial en la Embajada de la República Dominicana en los Estados Unidos Mexicanos, en sustitución del coronel Rafael Eduardo Mercedes Catedral, ERD, (MA).

ARTÍCULO 4. El capitán de navío José Agustín José Vásquez, ARD, (DEMN), queda designado agregado de defensa militar, naval, aéreo y policial en la Embajada de la República Dominicana en la República Francesa, concurrente en la República Italiana, en sustitución del coronel Junior Amaury Peña Milano, ERD, (DEM).

ARTÍCULO 5. El coronel José Ramón García Santana, ERD, (DEM), queda designado agregado de defensa militar, naval, aéreo y policial en la Embajada de la República Dominicana en la República Federativa de Brasil, en sustitución del capitán de navío Abel Elías Esmurdoc Romero, ARD, (DEMN).

ARTÍCULO 6. El coronel Ramón Antonio Padilla Mercedes, ERD, (DEM), queda designado agregado de defensa militar, naval, aéreo y policial en la Embajada de la República Dominicana en la República de Colombia, en sustitución del coronel Darío Emilio Antonio Brito, ERD, (DEM).

ARTÍCULO 7. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 392-21 del 18 de junio de 2021.

ARTÍCULO 8. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 61-24 del 30 de enero de 2024.

ARTÍCULO 9. Queda derogado el artículo 8 del Decreto núm. 508-21 del 13 de agosto de 2021.

ARTÍCULO 10. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 412-20 del 27 de agosto de 2020.

Página 3 del PDF

ARTÍCULO 11. Queda derogado el artículo 6 del Decreto núm. 392-21 del 18 de junio de 2021.

ARTÍCULO 12. Queda derogado el artículo 5 del Decreto núm. 392-21 del 18 de junio de 2021.

ARTÍCULO 13. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, al Ministerio de Defensa, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.