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Decreto núm. 476-2025

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Dec. núm. 476-25 que modifica los artículos 3 y 10 del Decreto núm. 426-25. Designa al señor José Jesús Rijo Presbot, Viceministro de Presupuesto y Contabilidad del Ministerio de Hacienda y Economía, y en sus funciones como Viceministro de dicha institución, fungirá como Director de la Dirección General de Presupuesto. Modifica el

artículo 3 del Decreto núm. 461-25. Designa al señor Félix Antonio Reyna Echavarría, Director de la Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental (DIECOM), y deroga el Decreto núm. 437-25. G. O. núm. 11212 del 29 de agosto de 2025.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 476-25

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 3 del Decreto núm. 426-25, del 29 de julio de 2025, para que en lo adelante se lea de la manera siguiente:

“ARTÍCULO 3. José Jesús Rijo Presbot, queda designado viceministro de Presupuesto y Contabilidad del Ministerio de Hacienda y Economía, y en sus funciones como Viceministro, fungirá también como director de la Dirección General de Presupuesto”.

ARTÍCULO 2. Se modifica el artículo 10 del Decreto núm. 426-25, del 29 de julio de 2025, para que en lo adelante se lea de la manera siguiente:

“ARTÍCULO 10. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 348-20, del 17 de agosto de 2020, que designó a José Jesús Rijo Presbot, como viceministro del Viceministerio de Presupuesto, Patrimonio y Contabilidad del Ministerio de Hacienda y, en sus funciones como Viceministro, fungirá también como director de la Dirección General de Presupuesto”.

ARTÍCULO 3. Se modifica el artículo 3 del Decreto núm. 461-25, del 17 de agosto de 2025, para que en lo adelante se lea de la manera siguiente:

“ARTÍCULO 3. Félix Antonio Reyna Echavarría, queda designado director de la Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental (DIECOM)”.

ARTÍCULO 4. Queda derogado el Decreto núm. 437-25, del 31 de julio de 2025.

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ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda y Economía, al Ministerio Administrativo de la Presidencia, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de agosto del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.