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Decreto núm. 475-2025

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Dec. núm. 475-25 que designa a los señores Jorge Radhamés Zorrilla Ozuna y Nayib Emilio Aude Diaz, Director de la Dirección General de Desarrollo Fronterizo y Director del Parque Zoológico Nacional “Arq. Manuel Valverde Podestá”, respectivamente. Deroga el artículo 30 del Decreto núm. 339-20 y el artículo 3 del Decreto núm. 737-08. G. O. núm. 11212 del 29 de agosto de 2025.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 475-25

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

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VISTA: La Ley núm. 114, que instituye el Parque Zoológico Nacional, como centro destinado al fomento de la educación, la investigación y la cultura en lo relativo a las ciencias biológicas en general, así como a la preservación de la fauna nacional, del 3 de enero de 1975.

VISTA: La Ley núm. 64-00, que crea la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, del 18 de agosto del 2000.

VISTO: El Decreto núm. 443-00, que crea la Dirección General de Desarrollo Fronterizo, del 16 de agosto de 2000.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Jorge Radhamés Zorrilla Ozuna, queda designado director general de la Dirección General de Desarrollo Fronterizo (DGDF).

ARTÍCULO 2. Nayib Emilio Aude Díaz queda designado director del Parque Zoológico Nacional “Arq. Manuel Valverde Podestá”, en sustitución de la doctora Patricia Toribio.

ARTÍCULO 3. Queda derogado el artículo 30 del Decreto núm. 339-20, del 16 de agosto de 2020.

ARTÍCULO 4. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 737-08, del 13 de noviembre de 2008.

ARTÍCULO 5. Envíese a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de agosto del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.