Decreto núm. 446-2025¶
Aviso
LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.
Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 446
- Año: 2025
- Título detectado: que deroga el artículo 1 del Decreto núm. 146-16 y el artículo 2 del Decreto núm. 664-08, que designaron a la señora Hilda Celina Asunción Fernández Collado, consejera en la Embajada de nuestro país en la República de Colombia. G. O. No. 11211 del 15 de agosto de 2025
- Fecha: 06/08/2025
- Gaceta oficial: 11211
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3403713&managementType=1
- Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3403713&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
23c049659f61471a735e11ce5d483e51f8af4b7d37c7e6b7e6560a4dc6721f9b - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 446-25 que deroga el artículo 1 del Decreto núm. 146-16 y el artículo 2 del Decreto núm. 664-08, que designaron a la señora Hilda Celina Asunción Fernández Collado, consejera en la Embajada de nuestro país en la República de Colombia. G. O. No. 11211 del 15 de agosto de 2025.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 446-25
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
Página 2 del PDF¶
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se derogan el artículo 1 del Decreto núm. 146-06, del 1 de abril de 2006, y el artículo 2 del Decreto núm. 664-08, del 21 de octubre de 2008, que designaron a Hilda Celina Asunción Fernández Collado, consejera en la Embajada de la República Dominicana en la República de Colombia.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de agosto del año dos mil veinticinco (2025); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.