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Decreto núm. 427-2025

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Dec. núm. 427-25 que modifica el artículo 1 numeral 7 del Decreto núm. 849-03. Dispone que la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Ferreteros de San Cristóbal, con domicilio en la Autopista 6 de Noviembre, Cruce de La Cruz, provincia San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la Asamblea Extraordinaria celebrada el día veintisiete (27) del mes de marzo del dos mil veinticinco (2025). G. O. No. 11205 del 30 de julio de 2025.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 427-25

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTICULO 1. Se modifica el artículo 1, numeral 7, del Decreto núm.849-03, del 3 de septiembre de 2003, para que se lea y rija de la manera siguiente:

Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Ferreteros de San Cristóbal (COOPFERSAN), con domicilio en la Autopista 6 de Noviembre, Cruce de la Cruz, provincia San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la Asamblea Extraordinaria celebrada el día veintisiete (27) del mes de marzo del dos mil veinticinco (2025)

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ARTICULO 2. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve veintinueve (29) días del mes de julio del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.