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Decreto núm. 426-2025

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Dec. núm. 426-25 que nombra al señor Magín Javier Díaz Domingo, Ministro de Hacienda y Economía. Nombra seis (6) viceministros en varias dependencias de dicho ministerio. Deroga el artículo 2 del Decreto núm. 386-25, el artículo 7 del Decreto núm. 354-20, el artículo 1 del Decreto núm. 348-20, los artículos 1 y 3 del Decreto núm. 7-25, el artículo 1 del Decreto núm. 56-25, el artículo 1 del Decreto núm. 330-20 y el artículo 1 del Decreto núm. 100-21. G. O. No. 11205 del 30 de julio de 2025.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 426-25

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 45-25, que dispone la fusión del Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo y deroga la Ley núm.496-06, del 28 de diciembre de 2006, que crea la Secretaria de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

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ARTÍCULO 1. Magín Javier Díaz Domingo, queda designado ministro de hacienda y economía.

ARTÍCULO 2. Derby Bolívar de los Santos Abreu, queda designado viceministro del tesoro y patrimonio del Ministerio de Hacienda y Economía.

ARTÍCULO 3. José Jesús Rijo Prebot, queda designado Viceministro de presupuesto y contabilidad del Ministerio de Hacienda y Economía.

ARTÍCULO 4. Martín Francos Rodriguez, queda designado Viceministro de planificación e inversión pública del Ministerio de Hacienda y Economía.

ARTÍCULO 5. Camila Hernández Villamán, queda designada Viceministra de política fiscal del Ministerio de Hacienda y Economía.

ARTÍCULO 6. ⁠María José Martínez Dauhajre, queda designada Viceministra de crédito público del Ministerio de Hacienda y Economía.

ARTÍCULO 7. Alexis Vidal Cruz Rodríguez, queda designado Viceministro de economía del Ministerio de Hacienda y Economía.

ARTÍCULO 8. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 386-25, del 15 de julio de 2025, que designó a Magín Javier Díaz Domingo como Ministro de hacienda.

ARTÍCULO 9. Queda derogado el artículo 7 del Decreto núm. 354-20 del 17 de agosto de 2020, que designó a Derby Bolívar de los Santos Abreu como Viceministro del Viceministerio del Tesoro del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 10. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 348-20 del 17 de agosto de 2020, que designó a José Jesús Rijo Prebot, como Viceministro del Viceministerio de Presupuesto, Patrimonio y Contabilidad del Ministerio de Hacienda y, en sus funciones como Viceministro, fungirá también como director de la Dirección General de Presupuesto.

ARTÍCULO 11. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 7-25 del 9 de enero de 2025, que designó a Martín Francos Rodriguez, como Viceministro de planificación e inversión pública del Ministerio de Economia, Planificación y Desarrollo.

ARTÍCULO 12. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 56-25 del 7 de febrero de 2025, que designó a Camila Hernández Villamán, como Viceministra de política tributaria del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 13. Queda derogado el artículo 24 del Decreto núm. 330-20 del 16 de agosto de 2020, que designó a María José Martínez Dauhajre, como viceministra de crédito público del Ministerio de Hacienda.

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ARTÍCULO 14. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 100-21 del 18 de febrero de 2021, que designó a Alexis Vidal Cruz Rodríguez, como Viceministro de análisis económico y social del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo.

ARTÍCULO 15. Envíese a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública, Ministerio de Hacienda y Economía y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de julio del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.