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Decreto núm. 347-2025

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Dec. núm. 347-25 que designa al señor José Manuel Evangelista Mallén Santos, presidente honorífico del Comité de Administración y Cuidado del Estadio Tetelo Vargas. Deroga los numerales 1 y 4 del Decreto núm. 263-24. G. O. No. 11200 del 30 de junio de 2025.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 347-25

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTO: El Decreto núm. 259-24, que crea de manera provisional el Comité de Administración y Cuidado del Estadio Tetelo Vargas, del 3 de mayo de 2024.

VISTO: El Decreto núm. 263-24, que designa al señor Miguel Enrique Feris Chalas, presidente honorífico del Comité de Administración y Cuidado del Estadio Tetelo Vargas. Nombra de manera honorífica 3 miembros más de dicho Comité, del 15 de mayo de 2024.

VISTA: La comunicación registrada bajo el código núm. CJ-E-2025-2047, del 6 de junio de 2025, dirigida a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo por el señor Miguel Enrique Feris Chalas, mediante la cual informa su renuncia.

VISTA: La comunicación registrada bajo el código núm. CJ-E-2025-204, del 6 de junio de 2025, dirigida a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo por el señor Ernesto Elías Armenteros Calac, mediante la cual informa su renuncia.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. José Manuel Evangelista Mallén Santos, queda designado como presidente honorífico del Comité de Administración y Cuidado del Estadio Tetelo Vargas.

ARTÍCULO 2. Queda derogado el numeral 1 del Decreto núm. 263-24, del 15 de mayo de 2024, mediante el cual se designa a Miguel Enrique Feris Chalas, como presidente honorífico del Comité de Administración y Cuidado del Estadio Tetelo Vargas (renunciante).

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ARTÍCULO 3. Queda derogado el numeral 4 del Decreto núm. 263-24, del 15 de mayo de 2024, mediante el cual se designa a Ernesto Elías Armenteros Calac, como miembro honorífico del Comité de Administración y Cuidado del Estadio Tetelo Vargas (renunciante).

ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Deportes y Recreación, al Ministerio de Administración Pública, a la Contraloría General de la República, a la Cámara de Cuentas; y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y fines de ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.