Decreto núm. 282-2025¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 282
- Año: 2025
- Título detectado: que dispone el traslado al Panteón de la Patria de los restos mortales de la maestra normal Ambrosia Ercilia Pepín Estrella, destacada educadora, feminista y activista social dominicana, en justo tributo a su labor de vida como pionera en la promoción de la educación, la igualdad y los derechos de las mujeres. Designa una comisión oficial a los fines de organizar los actos para su traslado al Panteón Nacional de sus restos mortales. G. O. No. 11196 del 29 de mayo de 2025
- Fecha: 27/05/2025
- Gaceta oficial: 11196
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
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Dec. núm. 282-25 que dispone el traslado al Panteón de la Patria de los restos mortales de la maestra normal Ambrosia Ercilia Pepín Estrella, destacada educadora, feminista y activista social dominicana, en justo tributo a su labor de vida como pionera en la promoción de la educación, la igualdad y los derechos de las mujeres. Designa una comisión oficial a los fines de organizar los actos para su traslado al Panteón Nacional de sus restos mortales. G. O. No. 11196 del 29 de mayo de 2025.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 282-25
CONSIDERANDO: Que conforme establece el artículo 3 de la Ley núm. 4463, del 20 de junio del 1956, el Poder Ejecutivo puede disponer, cuando lo considere oportuno, el traslado al Panteón de la Patria de los restos de los dominicanos y dominicanas ilustres para que reciban el tributo de veneración reservado por la Patria a sus grandes figuras.
CONSIDERANDO: Que resulta imprescindible para la promoción de una cultura democrática e igualitaria de la República y sus instituciones, la preservación de la herencia histórica dejada por las mujeres del pueblo dominicano, especialmente el reconocimiento de sus aportes a la igualdad, democracia y justicia social.
CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano reconoce y aplica el artículo 3 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que lo obliga a adoptar medidas apropiadas para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con la finalidad de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre.
CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano, a través del Ministerio de la Mujer, ha diseñado y ejecutado políticas públicas orientadas a impulsar cambios en los patrones socio- culturales mediante acciones sistemáticas en los ámbitos jurídico, educativo, comunicativo e informativo, dirigidas a la eliminación de estereotipos discriminatorios y la promoción de la igualdad de la mujer.
CONSIDERANDO: Que el rescate de la memoria histórica de las mujeres y sus aportes a diversos campos es fundamental para superar el borrado de las mujeres en la historia y para construir una cultura de igualdad y reconocimiento de sus contribuciones a la sociedad. Las mismas constituyen una herramienta didáctica para mejorar los programas curriculares en ciencias sociales y para el desarrollo de planes y estrategias de conmemoración y reconocimiento, incluyendo la realización de actos públicos de remembranza de las mujeres en la historia, hechos y procesos históricos relevantes en los que participaron y sus aportes, desde una mirada de formación y fortalecimiento de la conciencia democrática de los dominicanos y dominicanas.
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CONSIDERANDO: Que Ambrosia Ercilia Pepín Estrella fue una destacada educadora, feminista y activista social dominicana, cuya labor pionera en la promoción de la educación para la igualdad, los derechos de las mujeres y el civismo ha dejado una huella imborrable en la historia de nuestro país. Desde temprana edad, Ercilia mostró un excepcional talento para el magisterio y una profunda dedicación a la causa de la igualdad.
CONSIDERANDO: Que la maestra Pepín Estrella se destacó por su incansable trabajo en la reforma educativa, adoptando métodos pedagógicos innovadores como el sistema de la Escuela Racional de Eugenio María de Hostos e introdujo medidas pioneras como el uso del uniforme escolar, el respeto entre maestros y alumnos, y la inclusión de nuevas asignaturas, promoviendo así la modernización del sistema educativo dominicano.
CONSIDERANDO: Que la destacada educadora Pepín Estrella fue una de las primeras mujeres dominicanas en iniciar el movimiento feminista en el país, elevando su voz en defensa de los derechos de las mujeres y promoviendo valores patrióticos y cívicos. Su activismo social y político fue crucial en la lucha por la igualdad de género y la independencia nacional, destacándose en su oposición a la intervención militar estadounidense en 1916.
CONSIDERANDO: Que es deber del Estado dominicano honrar y preservar la memoria de aquellas mujeres que, como Ambrosia Ercilia Pepín Estrella, dedicaron sus vidas a la construcción de un país más justo, equitativo e inclusivo.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de 1979, ratificada por la República Dominicana el 2 de septiembre de 1982.
VISTA: La Ley núm. 4463, que consagra como Panteón de la Patria al edificio conocido como el templo de San Ignacio de Loyola o Iglesia de los Jesuitas, del 2 de junio de 1956.
VISTA: La Ley núm. 318, sobre el Patrimonio Cultural de la Nación, del 14 de junio de 1978.
VISTA: La Ley núm. 139-13, Orgánica de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana, del 13 de septiembre de 2013.
VISTA: La Ley núm. 66-97, General de Educación, del 9 de abril de 1997.
VISTA: La Ley núm. 86-99 que crea la Secretaría de la Mujer, del 11 de agosto de 1999.
VISTA: La Ley núm. 41-00, que crea la Secretaría de Estado de Cultura, del 28 de junio de 2000.
VISTA: La Ley núm. 481-08, General de Archivos de la República Dominicana, del 11 diciembre de 2008.
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VISTO: El Decreto núm. 36-97, que crea la Comisión de Efemérides Patrias, del 25 de enero de 1997.
VISTO: El Decreto núm. 214-23, que dispone que el Panteón de la Patria pase a ser una dependencia del Ministerio de Cultura, del 24 de mayo de 2023.
VISTA: La comunicación núm. 40011 del Ministerio de la Mujer, mediante la cual solicita el traslado al Panteón de la Patria de los restos mortales de Ambrosia Ercilia Pepín Estrella, para honrar su memoria y aportes a la Nación dominicana, del 24 de marzo de 2025.
En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República dicto el siguiente:
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se dispone el traslado al Panteón de la Patria de los restos mortales de la maestra normal Ambrosia Ercilia Pepín Estrella, destacada educadora, feminista y activista social dominicana, en justo tributo a su labor de vida como pionera en la promoción de la educación para la igualdad, los derechos de las mujeres y el civismo, logrando invaluables aportes para la sociedad dominicana.
ARTÍCULO 2. Se designa una comisión oficial a los fines de que, se organicen los actos para el traslado al Panteón Nacional de los restos mortales de Ambrosia Ercilia Pepín Estrella.
ARTÍCULO 3. La referida comisión estará integrada de la siguiente manera:
1) La ministra de la Mujer, quien la presidirá. 2) El presidente de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias. 3) El presidente de la Academia Dominicana de Historia. 4) El director del Archivo General de la Nación. 5) Un representante del Ministerio de Cultura. 6) Un representante del Ministerio de Defensa. 7) Un representante del Ministerio de Educación. 8) Un representante de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). 9) Un representante de la Asociación Dominicana de Universidades (ADOU).
ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de la Mujer, al Ministerio de Cultura, al Ministerio de Defensa, al Ministerio de Educación, y a las demás instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintisieta (27) días del mes de mayo del dos mil veinticinco 2025, año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.