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Decreto núm. 276-2025

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Dec. núm. 276-25 que concede pensiones especiales del Estado a 37 personas. Aumenta el monto de la pensión del Estado de que disfruta la señora María de Jesús Rodríguez Reynoso. G. O. No. 11196 del 29 de mayo de 2025.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 276-25

CONSIDERANDO: Que en el artículo 60 de la Constitución dominicana se consagra el Derecho a la Seguridad Social, a través del cual el Estado tiene el deber de estimular el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, la discapacidad, la desocupación y la vejez.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado.

VISTO: El oficio Pr-In-2025-9967, del 1 de mayo de 2025, del secretario general del Gabinete del presidente, dirigido al Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO l. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano a las siguientes personas:

Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y electoral Monto RD$ 1 Flor Yakeline Terrero Bueno 001-0165912-6 30,000.00 2 Domingo de Peña Irizarriz 001-1091480-1 30,000.00 3 Fidelina Almonte Soriano de Claudio 001-0624425-4 30,000.00 4 Roberto Roberts Hernández 001-0026528-9 40,000.00 5 Juan Evangelista Beato Linares 001-0067668-3 30,000.00 6 Nicolás Manzanillo Reynoso 008-0010797-1 30,000.00 7 Jacinta Altagracia Fortunato de Almonte 001-0623830-6 40,000.00 8 Isabel del Carmen Susaña Méndez 036-0018633-6 30,000.00 9 Josefa Almonte Soriano 001-0605781-3 20,000.00 10 Francisco Antonio Mueses Contreras 026- 0101737-5 30,000.00 11 Carmen Luisa Almonte Reynoso 001-0623541-9 70,000.00

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ARTÍCULO 2. Se aumenta a la suma de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales, la pensión asignada por el Estado dominicano a la señora María de Jesús Rodríguez Reynoso, titular de la cédula de identidad y electoral núm. 001-0007202- 4.

ARTÍCULO 3. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión del Estado, estos podrán optar por la pensión que más les favorezca.

ARTÍCULO 4. Se dispone que el pago de toda pensión otorgada por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, tenga efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la Nómina de los Jubilados y Pensionados Civiles del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda.

PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado tendrá un plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, contado a partir de que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la Nómina de Pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido dicho plazo. 12 María Ibelises Matos Sánchez 001-0626613-3 40,000.00 13 Porfiria Ozoria de la Cruz 001-0856520-1 25,000.00 14 Rubecinda Osoria de la Cruz 001-0220498-9 25,000.00 15 Fausto de Paula de la Cruz 005-0023185-7 20,000.00 16 Mario Alberto Rodríguez Paulino 001-0688565-0 60,000.00 17 Amador Leocadio 008-0007593-9 30,000.00 18 Bernardino Antonio Estrella Florentino 001-1315959-4 60,000.00 19 Danilo Jiménez 010-0045673-9 30,000.00 20 Eduvigis Abreu Solano 051-0005876-6 20,000.00 21 Juan Francisco Romero Núñez 048-0066592-1 70,000.00 22 Héctor Rodríguez Reinoso 001-0794963-8 65,000.00 23 Juan William Fernández 013-0019966-6 20,000.00 24 Rosa Aibe Josefina Pérez Guante 023-0019975-5 25,000.00 25 Ramón Antonio Alcántara Valdez 023-0033035-0 30,000.00 26 Santiago Félix Mota Solano 023-0006275-5 25,000.00 27 Teodoro Capellán Guzmán Castellanos 023-0022412-4 25,000.00 28 Rafaela Solano Marrero 023-0036812-9 25,000.00 29 Manuel de Jesús Núñez de la Cruz 023-0106991-6 30,000.00 30 Luis Aníbal López Perdomo 001-0845229-3 25,000.00 31 Santo Astacio Lorenzo 023-0021678-1 30,000.00 32 Francisco de la Cruz 023-0056016-2 30,000.00 33 Dionisio Ruth Cabrera Paulus 023-0007684-7 30,000.00 34 Ney de Jesús Ramírez Cora 027-0007401-2 40,000.00 35 Reyes Aquilino Ramírez Morales 023-0027337-8 40,000.00 36 Aníbal Peña Castillo 023-0038763-2 40,000.00 37 Felipe de Jesús Durán Camilo 031-0195076-8 15,000.00

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ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.