Decreto núm. 255-2025¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 255
- Año: 2025
- Título detectado: que nombra a los señores Rosendo Arsenio Borges Rodríguez y a Cesar Julio Cedeño Ávila, cónsul general de la República en San Juan, Puerto Rico y embajador en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores, respectivamente. Deroga el artículo 7 del Decreto núm. 414-22, que designó al cónsul general de la República en San Juan, Puerto Rico. G. O. No. 11195 del 16 de mayo de 2025
- Fecha: 09/05/2025
- Gaceta oficial: 11195
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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56f37aa2bd82f4d8a421f48417ded63688646f5e33e83646052f1938b64ff531 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 255-25 que nombra a los señores Rosendo Arsenio Borges Rodríguez y a Cesar Julio Cedeño Ávila, cónsul general de la República en San Juan, Puerto Rico y embajador en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores, respectivamente. Deroga el artículo 7 del Decreto núm. 414-22, que designó al cónsul general de la República en San Juan, Puerto Rico. G. O. No. 11195 del 16 de mayo de 2025.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 255-25
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Rosendo Arsenio Borges Rodríguez, queda designado cónsul general de la República Dominicana en San Juan, Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
ARTÍCULO 2. César Julio Cedeño Ávila, queda designado embajador en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO 3. Queda derogado el artículo 7 del Decreto núm. 414-22, del 3 de agosto de 2022, que designó a César Julio Cedeño Ávila, cónsul general de la República Dominicana en San Juan, Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
ARTÍCULO 4. Envíese el presente decreto al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.