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Decreto núm. 243-2025

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Dec. núm. 243-25 que designa al señor Agustín Burgos Tejada, Director Ejecutivo del Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales. Deroga el Decreto núm. 449-20. G. O. No. 11195 del 16 de mayo de 2025.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 243-25

CONSIDERANDO: Que de acuerdo con la Ley núm. 397-19, que crea el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), del 30 de septiembre de 2019, el Director Ejecutivo del IDOPPRIL será designado por el presidente de la República de una terna propuesta por el Consejo Directivo del IDOPPRIL.

CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones citadas, el Consejo Directivo del Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL) emitió la Resolución núm. 56-2025, aprobando la terna compuesta por Agustín Burgos Tejada, Pedro Rodríguez Velázquez y Juana Sarita Felipe, candidatos para ocupar la posición de Director Ejecutivo del IDOPPRIL.

CONSIDERANDO: Que de la referida terna el Poder Ejecutivo elegirá al Director Ejecutivo del Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL) con base en sus competencias y trayectoria profesional.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 397-19, que crea el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales, del 30 de septiembre de 2019.

VISTO: El Decreto núm. 449-20, del 8 de septiembre de 2020.

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VISTA: La terna presentada por el Consejo Directivo del Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), remitida por el Ministro de Trabajo, Eddy Olivares Ortega, en calidad de presidente del Consejo Directivo, mediante comunicación del 24 de marzo de 2025, dirigida al presidente de la República.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Agustín Burgos Tejada, queda designado Director Ejecutivo del Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL).

ARTÍCULO 2. Queda derogado el Decreto núm. 449-20, del 8 de septiembre de 2020.

ARTÍCULO 3. Envíese al Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales, al Ministerio de Trabajo y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.