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Decreto núm. 203-2025

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Dec. núm. 203-25 que concede de manera póstuma la condecoración de la Orden de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado Gran Cruz Placa de Plata, al embajador Rogert Alberto Espaillat Bencosme. G. O. No. 11193 del 15 de abril de 2025.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 203-25

CONSIDERANDO: Los altos merecimientos del embajador Rogert Alberto Espaillat Bencosme, quien fuera un destacado abogado, profesor, catedrático universitario y diplomático de carrera, que ha dejado plasmadas huellas indelebles tanto en el ámbito académico como diplomático.

CONSIDERANDO: Que el embajador Espaillat se destacó durante su carrera diplomática por su dedicación y alto sentido patriótico que le llevaron a ocupar varios roles de importancia, tanto a nivel consular y diplomático, siendo su última posición la de encargado de la División de América Latina del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior.

CONSIDERANDO: Que conforme al artículo 10 de la Ley núm. 1113 de 1936, modificada por la Ley núm. 3916 de 1956, sobre la Orden del Mérito Duarte, Sánchez y Mella, el grado Gran Cruz Placa de Plata se le confiere a aquellos dominicanos que hayan ostentado las siguientes funciones: “A los miembros de los Cuerpos Legislativos, a los magistrados de la Suprema Corte de Justicia, a los Secretarios de Estado, a los Ministros de Estado, a los Embajadores, a los Nuncios Apostólicos y a1 Arzobispo Metropolitano.”

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VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 1113, del 26 de mayo de 1936, que crea la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte, modificada por la Ley núm. 3916, del 9 de septiembre de 1954, que denomina la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte “Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella”.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se concede de manera póstuma la condecoración de la Orden Duarte, Sánchez y Mella en el Grado Gran Cruz Placa de Plata, al embajador Rogert Alberto Espaillat Bencosme.

ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de abril del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.