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Decreto núm. 068-2025

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Dec. núm. 68-25 que dispone la entrega en extradición al Reino Unido del nacional británico Nicholas Brian Knowles. G. O. No. 11188 del 17 de febrero de 2025.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 68-25

CONSIDERANDO: Que el Reino Unido, mediante Nota Diplomática núm. 9510952, del 4 de enero de 2023, solicitó al Gobierno dominicano la entrega en extradición del nacional británico Nicholas Brian Knowles, para el cumplimiento de los delitos contenidos en la Sentencia del Tribunal de la Corona de Bolton, Juzgado núm. 470 del 6 de marzo de 2018, en el caso núm. T20157160, los cuales son los siguientes:

  • Conspiración para suplir drogas controladas clase A, es decir heroína, en violación a la Sección 1 (1) de la Ley Criminal Acto 1977.

  • Conspiración para suplir drogas controladas clase A, es decir cocaína, en violación a la Sección 1 (1) de la Ley Criminal Acto 1977.

  • Fraude por falsa representación, en violación de la Sección 1 de acto de fraude 2006.

  • Fuga de una persona en libertad bajo fianza, en violación de la Sección 6 de acto de libertad bajo fianza 1976.

CONSIDERANDO: Que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia fue apoderada de la solicitud de extradición del nacional británico Nicholas Brian Knowles, mediante instancia de la Procuraduría General de la República, del 16 de febrero de 2023.

CONSIDERANDO: Que, mediante la sentencia núm. SCJ-SS-24-1494, del 27 de diciembre de 2024, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia falló la solicitud de extradición del nacional británico Nicholas Brian Knowles, de la siguiente manera:

Primero: Declara regular y válida en cuanto a la forma la solicitud de extradición al Reino Unido, país requirente, del ciudadano británico Nicholas Brian Knowles, por haber sido incoada de conformidad con la normativa nacional y con los instrumentos jurídicos internacionales vinculantes de ambos países.

Segundo: En cuanto al fondo, declara con lugar la extradición del ciudadano británico Nicholas Brian Knowles, hacia el país requirente, Reino Unido.

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Tercero: Pone a cargo de la Procuradora General de la República la tramitación y ejecución de la presente decisión, para que sea comunicada a la autoridad administrativa correspondiente para la emisión del decreto de entrega del solicitado en extradición al país requirente, de conformidad con los términos de la Constitución de la República y las leyes que rigen la materia.

Cuarto: Ordena que la presente decisión sea comunicada a las Partes implicadas en el presente proceso y publicada en el Boletín Judicial.

CONSIDERANDO: Que, en virtud del artículo 16 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo) y sus protocolos; y el artículo 6 de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, se tipifican estas infracciones y dan lugar a extradición, haciéndolo incluir en cualquier tratado de extradición vigente entre las Partes de la Convención.

CONSIDERANDO: Que la asistencia internacional para la extradición del nacional británico Nicholas Brian Knowles, fue solicitada en cumplimiento de las disposiciones de los artículos 160 y siguientes de la Ley núm. 76-02, del 19 de julio de 2002, que establece el Código Procesal Penal.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Resolución núm. 355-06, del 15 de octubre de 2006, que aprueba la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

VISTA: La Resolución núm. 7-93, del 30 de junio de 1993, que aprueba la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas.

VISTA: La Sentencia núm. SCJ-SS-24-1494, del 27 de diciembre de 2024, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia.

VISTA: La Nota Diplomática núm. 9510952, del 4 de enero de 2023, de la Embajada del Reino Unido en República Dominicana al Gobierno dominicano.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se dispone la entrega en extradición al Reino Unido del nacional británico Nicholas Brian Knowles, para el cumplimiento de los delitos contenidos en la sentencia del Tribunal de la Corona de Bolton, Juzgado núm. 470 del 6 de marzo de 2018, en el caso núm. T20157160, los cuales son los siguientes:

  • Conspiración para suplir drogas controladas clase A, es decir heroína, en violación a la Sección 1 (1) de la Ley Criminal Acto 1977.

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  • Conspiración para suplir drogas controladas clase A, es decir cocaína, en violación a la Sección 1 (1) de la Ley Criminal Acto 1977.

  • Fraude por falsa representación, en violación de la Sección 1 de acto de fraude 2006.

  • Fuga de una persona en libertad bajo fianza, en violación de la Sección 6 de acto de libertad bajo fianza 1976.

PÁRRAFO. Dicha entrega en extradición se dispone bajo la condición de que al nacional británico Nicholas Brian Knowles, bajo ninguna circunstancia se le juzgará por infracciones diferentes a las que motivan su extradición.

ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Procuraduría General de la República y a la Dirección General de Migración, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de febrero del año dos mil veinticinco (2025); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
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  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.