Decreto núm. 048-2025¶
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- Tipo de documento: decreto
- Número: 048
- Año: 2025
- Título detectado: que nombra los ministros de Educación, Obras Públicas, Trabajo y Cultura, así como un asesor del Poder Ejecutivo y un ministro sin Cartera. Designa viceministros y directores de instituciones del Estado, y a la gobernadora civil de la provincia Barahona. Deroga varios decretos que designaron funcionarios en varios ministerios. G. O. No. 11187 del 6 de febrero de 2025
- Fecha: 31/01/2025
- Gaceta oficial: 11187
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
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Dec. núm. 48-25 que nombra los ministros de Educación, Obras Públicas, Trabajo y Cultura, así como un asesor del Poder Ejecutivo y un ministro sin Cartera. Designa viceministros y directores de instituciones del Estado, y a la gobernadora civil de la provincia Barahona. Deroga varios decretos que designaron funcionarios en varios ministerios. G. O. No. 11187 del 6 de febrero de 2025.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 48-25
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 5574, que crea el Instituto de Auxilios y Viviendas, del 13 de julio de 1961.
VISTA: La Ley núm. 6186, de Fomento Agrícola, del 12 de febrero de 1963, y sus modificaciones.
VISTA: La Ley núm. 113, que modifica el artículo 3 de la Ley núm. 314, Orgánica de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, del 26 de marzo del 1967.
VISTA: La Ley núm. 582, que crea la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN), del 4 de abril del 1977, y sus modificaciones.
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VISTA: La Ley núm. 50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas de la República Dominicana, del 30 de mayo del 1988, y sus modificaciones.
VISTA: Ley núm. 66-97, General de Educación, del 9 de abril de 1997.
VISTA: La Ley núm. 142-97, que crea la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Puerto Plata (CORAPP), del 1 de julio de 1997.
VISTA: La Ley núm. 41-00, que crea el Ministerio de Cultura, del 28 de junio de 2000.
VISTA: La Ley núm. 512-05, que crea la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de La Vega (CORAAVEGA), del 22 de noviembre de 2005.
VISTA: La Ley núm. 491-06, de Aviación Civil de la República Dominicana, del 24 de abril de 2013, y sus modificaciones.
VISTA: La Ley núm. 34-18, que reforma el Instituto del Tabaco (INTABACO) y deroga las leyes números 5961 del 1962 y 165-01, del 18 de octubre de 2001.
VISTO: El Decreto núm. 389-20, que modifica el Decreto núm. 491-12, del 21 de agosto de 2012, que crea la Dirección General de Programas Especiales de la Presidencia, del 24 de agosto de 2020.
VISTO: El Decreto núm. 661-22, que crea la Dirección de Infraestructura Escolar adscrita al Ministerio de Educación, del 7 de noviembre de 2022, modificado por el Decreto núm. 313-24, que ordena su desconcentración funcional, del 7 de junio de 2024.
VISTA: La comunicación del Ministro de Agricultura contentiva de la terna para la designación del director o directora del Instituto del Tabaco de la República Dominicana (INTABACO), del 31 de enero de 2025.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Luis Miguel De Camps García, queda designado Ministro de Educación, con efectividad a partir del 26 de febrero de 2025.
ARTÍCULO 2. Ángel Enrique Hernández Castillo, queda designado asesor del Poder Ejecutivo en políticas de educación, a título honorífico, con efectividad a partir del 26 de febrero de 2025.
ARTÍCULO 3. Rafael Eduardo Estrella Virella, queda designado Ministro de Obras Públicas, con efectividad a partir del 26 de febrero de 2025.
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ARTÍCULO 4. Deligne Alberto Ascención Burgos, queda designado Ministro sin Cartera, con efectividad a partir del 26 de febrero de 2025.
ARTÍCULO 5. Eddy de Jesús Olivares Ortega, queda designado ministro de Trabajo.
ARTÍCULO 6. Roberto Ángel Salcedo Sanz, queda designado Ministro de Cultura.
ARTÍCULO 7. Celinés Josefina Toribio Almánzar, queda designada Viceministra para las Comunidades Dominicanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y fungirá como directora ejecutiva del Instituto de Dominicanos y Dominicanas en el Exterior (INDEX).
ARTÍCULO 8. Carmen Rossina Guerrero Heredia, queda designada Viceministra para la Descentralización y Coordinación Territorial del Ministerio de Cultura.
ARTÍCULO 9. Alice Baroni Bethancourt, queda designada Viceministra de Industrias Culturales del Ministerio de Cultura.
ARTÍCULO 10. Luis Amaury Sánchez Lembert, queda designado Viceministro de Creatividad y Participación Popular del Ministerio de Cultura.
ARTÍCULO 11. Luis Rhadamés Santos Lora, queda designado Viceministro de Desarrollo, Innovación e Investigación Cultural del Ministerio de Cultura.
ARTÍCULO 12. Santiago Vilorio Lizardo, queda designado Viceministro en Asuntos Interinstitucionales y Relaciones con los Poderes del Estado del Ministerio Administrativo de la Presidencia.
ARTÍCULO 13. Edgar de Jesús Batista Carrasco, queda designado Director General de la Oficina Gubernamental de Tecnología de la Información y Comunicación (OGTIC).
ARTÍCULO 14. Bartolomé Yaque Pujáis Suárez, queda designado embajador representante permanente de la República Dominicana ante la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
ARTÍCULO 15. Andrés Alberto Lugo Risk, queda designado Director General de la Dirección General Alianzas Público Privadas (DGAPP).
ARTÍCULO 16. Hostos José Rizik Lugo, queda designado Director de la Oficina Coordinadora General del Fideicomiso RD-Vial.
ARTÍCULO 17. Roberto Herrera Polanco, queda Designado Director la Dirección de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 18. Siullin Joa León, queda designada Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Formación y Capacitación del Magisterio (INAFOCAM).
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ARTÍCULO 19. David Herrera Díaz, queda designado Director Ejecutivo del Instituto de Estabilización de Precios (INESPRE).
ARTÍCULO 20. Iván José Hernández Guzmán, queda designado Director del Instituto del Tabaco de la República Dominicana (INTABACO).
ARTÍCULO 21. Robert Darío Polanco Tejada, queda designado Director General de la Dirección General de Proyectos Estratégicos y Especiales de la Presidencia de la República (PROPEEP).
ARTÍCULO 22. Elsido Antonio Díaz Bueno, queda designado Administrador General del Instituto de Auxilios y Viviendas (INAVI).
ARTÍCULO 23. Yunior Esteban Torres Ayala, queda designado presidente del Consejo de Directores de la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de La Vega (CORAAVEGA).
ARTÍCULO 24. Andrés Cueto Rosario, queda designado Director General de la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN).
ARTÍCULO 25. Tomás Emilio Durán Garden, queda designado Director General de la Corporación de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Plata (CORAPP).
ARTÍCULO 26. Alejandro de Jesús Abreu, queda designado Presidente del Consejo Nacional de Drogas.
ARTÍCULO 27. José Antolín Polanco Rosa, queda designado Director del Consejo Nacional de Fronteras.
ARTÍCULO 28. Oneida Catalina Félix Medina, queda designada gobernadora civil de la provincia Barahona.
ARTÍCULO 29. Queda derogado el artículo 18 del Decreto núm. 324-20, del 16 de agosto de 2020, que designó a Luis Miguel De Camps García como Ministro de Trabajo.
ARTÍCULO 30. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 414-22, del 3 de agosto de 2022, que designó a Angel Enrique Hernández Castillo, como Ministro de Educación, con efectividad a partir del 26 de febrero de 2025.
ARTÍCULO 31. Queda derogado el artículo 6 del Decreto núm. 324-20, del 16 de agosto de 2020, que designó a Deligne Ascención, como Ministro de Obras Públicas, con efectividad a partir del 26 de febrero del 2025.
ARTÍCULO 32. Queda derogado el Decreto núm. 490-22, del 22 de agosto de 2022, que designó a Eddy Olivares Ortega, como Asesor del Presidente de la República en la relación del gobierno con los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, a título honorífico.
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ARTÍCULO 33. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 544-21, del 6 de septiembre de 2021, que designó a Milagros Consuelo Germán Olalla como ministra de Cultura (renunciante).
ARTÍCULO 34. Queda derogado el artículo 15 del Decreto núm. 15-23, del 23 de enero de 2023, que designó a Roberto Angel Salcedo Sanz, como director general de la Dirección General de Proyectos Estratégicos y Especiales de la Presidencia de la República (PROPEEP).
ARTÍCULO 35. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 365-20, del 19 de agosto de 2020, que designó a Fernando Antonio Cruz Paz, como Viceministro para la Descentralización y Coordinación Territorial del Ministerio de Cultura (renunciante).
ARTÍCULO 36. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 365-20, del 19 de agosto de 2020, que designó a José Modesto Yovani Cruz Durán, como Viceministro de Creatividad y Participación Popular del Ministerio de Cultura.
ARTÍCULO 37. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 332-20, del 16 de agosto de 2020, que designó a Luis Amaury Sánchez Lembert, como asesor del Poder Ejecutivo en arte y cultura, fungiendo como coordinador nacional del Sistema de Orquestas Juveniles e Infantiles.
ARTÍCULO 38. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 186-21, del 22 de marzo de 2021 que designó a José Luis Pérez, como Viceministro de Desarrollo, Innovación e Investigación Cultural del Ministerio de Cultura.
ARTÍCULO 39. Queda derogado el Decreto núm. 43-21, del 22 de enero de 2021, que designó a Osval Antonio Saldívar Mota, como Viceministro en Asuntos Interinstitucionales y Relaciones con los Poderes del Estado del Ministerio Administrativo de la Presidencia.
ARTÍCULO 40. Queda derogado el artículo 11 del Decreto núm. 15-23, del 23 de enero de 2023, que designó a Bartolomé Yaque Pujáis Suárez, como Director General de la Oficina Gubernamental de Tecnología de la Información y Comunicación (OGTIC).
ARTÍCULO 41. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 565-24, del 4 de octubre de 2024, que designó a Edgar de Jesús Batista Carrasco, como Viceministro de Agenda Digital del Ministerio de la Presidencia.
ARTÍCULO 42. Queda derogado el Decreto núm. 560-21, del 14 de septiembre de 2021, que designó a Julio de Jesús Peña Guzmán, como embajador representante permanente de la República Dominicana ante la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
ARTÍCULO 43. Queda derogado el artículo 11 del Decreto núm. 330-20, del 16 de agosto de 2020, que designó a Andrés Alberto Lugo Risk, como Viceministro de Gobierno y Sociedad del Ministerio Administrativo de la Presidencia.
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ARTÍCULO 44. Quedan derogados el artículo 2 del Decreto núm. 626-24, del 29 de octubre de 2024, y el Decreto núm. 514-24, del 11 de septiembre de 2024, que designaron, de forma interina, a Eliardo Ramón Cairo Benoit, como Director Ejecutivo de la Dirección General de Alianzas Público-Privadas (DGAPP).
ARTÍCULO 45. Queda derogado el artículo 38 del Decreto núm. 330-20, del 16 de agosto de 2020, que designó a Roberto Herrera Polanco, como Viceministro de Supervisión y Fiscalización del Ministerio de Obras Públicas.
ARTÍCULO 46. Queda derogado el Decreto núm. 539-23, del 27 de octubre de 2023, que designó a Hostos José Rizik Lugo, como Director Ejecutivo de la Unidad de Evaluación y Seguimiento de Proyectos (UESP), a título honorífico.
ARTÍCULO 47. Queda derogada la designación de .lean Luis Rodríguez, como director de la Oficina Coordinadora General del Fideicomiso RD Vial, realizada mediante el Decreto núm. 61522, del 19 de octubre de 2022.
ARTÍCULO 48. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 633-22, del 31 de octubre de 2022, que designó a Francisco Ramírez, como Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Formación y Capacitación del Magisterio (INAFOCAM) (pensión).
ARTÍCULO 49. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 339-20, del 16 de agosto de 2020, que designó a Iván José Hernández Guzmán, como Director Ejecutivo del Instituto de Estabilización de Precios (INESPRE).
ARTÍCULO 50. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 339-20, del 16 de agosto de 2020, que designó a Rafael Antonio Almonte Guzmán, como Director del Instituto del Tabaco de la República Dominicana (INTABACO).
ARTÍCULO 51. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 392-20, del 24 de agosto de 2020, que designó a Juan Ysidro Grullón García, como Administrador General del Instituto de Auxilios y Viviendas (INAVI).
ARTÍCULO 52. Queda derogado el Decreto núm. 542-20, del 12 octubre de 2020, que designó a Iván Tarquiño Vladimir Viloria Peña, como presidente del Consejo de Directores de la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de La Vega (CORAAVEGA).
ARTÍCULO 53. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 405-20, del 27 de agosto del 2020, que designó a Andrés Bienvenido Burgos López, como Director General de la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN).
ARTÍCULO 54. Queda derogado el Decreto núm. 739-20, del 29 de diciembre de 2020, que designó a Jaime Marte Martínez, como presidente del Consejo Nacional de Drogas.
ARTÍCULO 55. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 356-20, del 21 de agosto de 2020, que designó a Espensel Fragoso Furcal, como Director del Consejo Nacional de Fronteras.
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ARTÍCULO 56. Queda derogado el artículo 19, del Decreto núm. 15-23, del 23 de enero de 2023, que designó a Genara González Marmolejos, como gobernadora civil de la provincia Barahona.
ARTÍCULO 57. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 361-20, del 19 de agosto de 2020, que designó a Bernardo Sánchez Rosario, como miembro del Directorio Ejecutivo del Banco Agrícola de la República Dominicana.
ARTÍCULO 58. Envíese el presente decreto a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública, y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treintaiún (31) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.