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Decreto núm. 021-2025

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Dec. núm. 21-25 que autoriza al coronel José Guillermo Guerrero Peña, ERD, (MA), para que pueda aceptar y usar varias condecoraciones extranjeras. G. O. No. 11186 del 25 de enero de 2025.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 21-25

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

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VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero de 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros, y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos.

VISTO: El Reglamento núm. 4157, del 4 de febrero de 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos, y sus modificaciones.

VISTO: El oficio núm. 35641, del 22 de agosto de 2024, del teniente general Carlos Antonio Fernández Onofre, ERD, ministro de Defensa, dirigido al presidente de la República.

VISTO: El oficio núm. 904, del 23 de agosto de 2024, del mayor general Jimmy Arias Grullón, ERD, jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTICULO 1. Se autoriza al coronel José Guillermo Guerrero Peña, ERD, (MA), para que pueda aceptar y usar las condecoraciones siguientes:

  1. La Cruz de Honor Interlanza, otorgada por la Asociación Internacional de Lanceros de Colombia.

  2. Medalla "Escuela Militar de Cadetes", otorgada por la Escuela Militar de Cadetes "General José María Córdova" de Colombia.

  3. Medalla de la Dirección de Inteligencia Policial "T.C. Javier Antonio Uribe Uribe", otorgada por la Policía Nacional de Colombia.

  4. Medalla "Mérito Militar", otorgada por el Consejo de la Medalla "Guardia Presidencial" de Colombia.

  5. Medalla "Miguel Antonio Caro" categoría "Caballero", otorgada por el Batallón de Infantería número 38, Miguel Antonio Caro y Unidad Simbólica Batallón MAC, de Colombia.

  6. Medalla de "Santa Bárbara", otorgada por el Comando de la Escuela de Artillería "General Carlos Julio Gil Corolado" de Colombia.

  7. Medalla Escuela de Lanceros en la categoría "Mérito Militar", otorgada por la Escuela de Lanceros de Colombia.

  8. Medalla en la categoría "Mérito de la Policía Militar", otorgada por el Consejo de la Medalla "General Tomás Cipriano de Mosquera" de Colombia.

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  1. Medalla Cruz al Mérito "General Fernando Landazábal Reyes" en el grado de Oficial, otorgada por la Agrupación de Oficiales de Comunicaciones "Manuel Murillo Toro" de Colombia.

  2. Medalla "Servicios Distinguidos a la Armada Nacional", otorgada por el Consejo de la Medalla Servicios Distinguidos a la Armada Nacional de Colombia.

ARTICULO 2. Envíese al Ministerio de Defensa, para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.